Como cada año durante el mes de Abril, además de las lluvias, las torrijas y la Semana Santa, comienza la campaña de la declaración de la renta.
¿Quiénes deben realizar la declaración de la renta 2017?Los contribuyentes que residan en territorio español durante más de 183 días del año natural, o que la base de sus actividades económicas se establezca en España, directa o indirectamente salvo las personas físicas cuyos Rendimientos del Trabajo sean iguales o inferiores a 22.000€, de un único pagador. En caso de que provengan de varios pagadores, los rendimientos del segundo pagador y posteriores si los hubiera, no deberán superar la cantidad de 1.500€. Si se diera esta situación, el límite general es de 12.000€.
Este límite de 12.000€ también se aplica si:1.- Provienen exclusivamente de pensiones de la Seguridad Social y clases pasivas.
2.- Pensión compensatoria del cónyuge o anualidades de alimentos no exentas.
3.-El pagador de los rendimientos del trabajo no tiene la obligación de retener.
No tendrán obligación a presentar el IRPF:1.- Si los rendimientos por capital inmobiliario han sido inferiores a 1.600€.
2.- Los contribuyentes cuyos rendimientos obtenidos por rentas inmobiliarias (arrendamientos), rendimientos de letras del tesoro (dividendos de acciones) y subvenciones para adquisición de viviendas de protección oficial o de precio tasado son inferiores a 1000€.
3.- Si se hayan obtenido pérdidas patrimoniales por valor de 500€.
Esperamos que la presente información haya sido de su interés, y recuerden que, para ampliar información sobre lo anterior puede ponerse en contacto con nosotros, su Asesoría en Alicante.
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