28 Febrero

SUBVENCIONES A LA CONTRATACIÓN DE DETERMINADOS COLECTIVOS VULNERABLES

SUBVENCIONES A LA CONTRATACIÓN DE DETERMINADOS COLECTIVOS VULNERABLES

Se han publicado en el D.O.G.V los Extractos de Resolución del director general de LABORA Servicio Valenciano de Empleo y Formación, por las que se convoca, para el ejercicio 2020, los Programas de fomento de la contratación indefinida y de la conversión en indefinidos de contratos temporales de determinados colectivos vulnerables en el ámbito territorial de la Comunidad Valenciana.

A continuación indicamos los puntos más importantes de dichos extractos:

1.- Beneficiarios y condiciones:

Podrá ser beneficiaria de estas ayudas empresas privadas y autónomas, con centro de trabajo en la Comunidad Valenciana, que contraten mediante un contrato indefinido inicial a jornada completa de personas desempleadas, o conviertan los contratos temporales en indefinidos, respecto de los siguientes colectivos:

- Personas en situación o riesgo de exclusión social, acreditados por los Servicios Sociales de cualquier administración pública.

- Personas desempleadas de larga duración.

- Personas mayores de 50 años.

-Personas con diversidad funcional

Las personas destinatarias finales deberán haber permanecido desempleadas e inscritas como demandantes de empleo en LABORA hasta su contratación.

2.- Objeto:

Esta convocatoria tiene por objeto la concesión de subvenciones para fomentar la contratación indefinida inicial a jornada completa o la conversión a indefinido de contratos temporales de determinados colectivos vulnerables de la Comunidad Valenciana.

3.- Cuantía:

3.1. En el caso de contrato indefinido inicial de personas desempleadas:

El importe de la subvención será el resultado de multiplicar el 90% del salario mínimo interprofesional (incrementado en la parte proporcional de la paga extra) vigente en el momento de la contratación por el número mínimo de meses de mantenimiento de su contrato.

Si en la persona contratada concurre adicionalmente la condición de mujer o de persona con diversidad funcional, el importe establecido se elevará al 95%.

Si concurre la de víctima de violencia sobre la mujer o la de persona con diversidad funcional severa, el importe se elevará al 100%.

3.2. En el caso de conversión a indefinido de contrato temporal:

El importe de la subvención será el resultado de multiplicar el 45% del salario mínimo interprofesional (incrementado en la parte proporcional de la paga extra) vigente en el momento de la conversión por el número mínimo de meses de mantenimiento del contrato.

Si en la persona contratada concurre adicionalmente la condición de mujer o de persona con diversidad funcional, el importe se elevará al 50%.

Si concurre la de víctima de violencia sobre la mujer o la de persona con diversidad funcional severa, el importe se elevará al 100%.

4.- Plazo de presentación de solicitudes

El plazo para la presentación de solicitudes finalizará el 31 de octubre de 2020 para la contratación inicial y el 30 de junio para la conversión. Con carácter adicional a este plazo general, las solicitudes deberán presentarse en el plazo de dos meses desde la contratación objeto de la subvención.

5.- Concurrencia competitiva

La concesión de estas subvenciones se tramitará en régimen de concurrencia competitiva, para lo que se tendrá en cuenta como único criterio el momento en que se haya presentado la solicitud y la totalidad de la documentación exigida por la convocatoria.

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