23 Febrero

SUBIDA DEL S.M.I. Y OTRAS MEDIDAS LABORALES URGENTES

SUBIDA DEL S.M.I. Y OTRAS MEDIDAS LABORALES URGENTES

Hoy se han publicado en el B.O.E. el Real Decreto 152/2022, de 22 de febrero, por el que se fija el salario mínimo interprofesional para 2022 y el Real Decreto-ley 2/2022, de 22 de febrero, por el que se adoptan medidas urgentes para la protección de los trabajadores autónomos, para la transición hacia los mecanismos estructurales de defensa del empleo, y para la recuperación económica y social de la isla de La Palma, y se prorrogan determinadas medidas para hacer frente a situaciones de vulnerabilidad social y económica.

En cuanto al primero de ellos fija el salario mínimo interprofesional en la cantidad de 33,33 euros/día o 1.000 euros/mes, según el salario esté fijado por días o por meses, con efectos retroactivos desde el 1 de enero de 2022, por lo que deberán abonarse las diferencias desde esa fecha a aquellos trabajadores con salarios por debajo de dicha cifra.

En cuanto a la segunda de las normas mencionadas, establece, entre otras medidas, las siguientes de interés laboral:

1.- En cuanto a los autónomos:

En primer lugar, los autónomos que hasta el 28 de febrero hayan estado percibiendo la prestación extraordinaria por cese de actividad, tendrán las siguientes exenciones en sus cotizaciones a la Seguridad Social:

a) 90% en el mes de marzo de 2022.

b) 75% en el mes de abril de 2022.

c) 50% en el mes de mayo de 2022.

d) 25% en el mes de junio de 2022.

Será requisito pata todas ellas mantener el alta hasta el 30 de junio de 2022.

Recordar que esta prestación finaliza el 28 de febrero por lo que los autónomos que hasta ahora la han estado percibiendo cesaran en la misma, salvo que se den las circunstancias que se indican a continuación.

En segundo lugar, establece, a partir del 1 de marzo de 2022, una nueva prestación extraordinaria por cese para autónomos afectados por una suspensión temporal de toda la actividad como consecuencia de una resolución de la autoridad competente como medida de contención de la propagación de la COVID-19, en cuantía del 70% de la base mínima, salvo convivencia con más de un perceptor que será del 40%, y con exoneración de cotizar.

El derecho a esta nueva prestación finaliza el último día del mes en que se acuerde el levantamiento de las medidas o el 30 de junio de 2022, si esta última fecha fuese anterior.

Sera incompatible con otras prestaciones, salvo excepciones, y deberá solicitarse dentro de los 21 días naturales siguientes a la entrada en vigor de la resolución de cierre o antes del 21 de marzo si ya existe antes del 1 de marzo.

2.- En cuanto a los ERTES:

Los ERTES por causa de fuerza mayor a consecuencia del COVID vigentes todavía se prorrogarán automáticamente hasta el 31 de marzo de 2022, si bien las exenciones en la cotización se aminoraran respecto a las que se vienen disfrutando en un 20% en cada uno de los supuestos de limitaciones y en un 10% en los supuestos de impedimento.

3.- Se prorroga la vigencia del Plan MECUIDA hasta el 30 de junio de 2022 que permite que los trabajadores puedan adaptar su jornada para hacerse cargo del cónyuge o familiares hasta el segundo grado confinados por Covid.

Esperamos que la anterior información haya sido de su interés y recuerde que para cualquier aclaración puede ponerse en contacto con su Asesoría en Alicante.

¡Comparte esta noticia!

Financiado por el Programa KIT Digital, Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de España "Next Generation EU".
Ayuda por un importe de 2000€ dentro de la solución Sitio web y presencia básica en internet.