31 Julio

Modificación medidas Seguridad Social. RD 708/2015

Modificación medidas Seguridad Social. RD 708/2015

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  El pasado día 25 de Julio de 2015 fue publicado en el B.O.E el Real Decreto 708/2015 por el que se modifican diversos reglamentos generales en el ámbito de la Seguridad Social para la aplicación y desarrollo de la Ley 34/2014, de 26 de Diciembre de medidas en materia de liquidación e ingreso de cuotas de la Seguridad Social, y de otras disposiciones legales. Las modificaciones introducidas van encaminadas a adaptar los reglamentos mencionados al nuevo sistema de liquidación directa de cotizaciones. En concreto se modifican algunos artículos de los siguientes Decretos: - R.D 84/1996 sobre inscripción de empresas, afiliación, altas, bajas y variaciones de datos de los trabajadores en la Seguridad Social. - R.D 2064/1995 reglamento general sobre cotización y liquidación de otros derechos a la Seguridad Social. - R.D 1415/2004 reglamento general de recaudación de la Seguridad Social. Alguna de las variaciones más significativas son: - Se reduce el plazo para comunicar bajas y variaciones de datos de empresas y trabajadores a tres días naturales. - Es obligatoria la comunicación a la Tesorería General de la Seguridad social del convenio colectivo de aplicación a las empresas y a los trabajadores, para las empresas que ya estén de alta en la fecha de publicación del presente Decreto, se establece un período de 6 meses para cumplir con la obligación. - Queda fijado en 4 años el periodo en que las empresas deberán guardar toda la documentación relativa a la afiliación, altas, bajas y variaciones de datos referentes a las empresas y a los trabajadores. - Las variaciones relativas a datos del trabajador tanto laborales como personales se deberán hacer a través de medios electrónicos. - Se amplían y complementan las bases de datos de las diferentes administraciones con la finalidad de tener la mayor información posible y en el menor tiempo posible y así disponer de los datos para recalcular las cuotas mensuales.   Esperamos que esta información haya sido de su interés. Para cualquier duda o consulta pueden contactar con AFL Consulting. Su asesoría en Alicante  
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