Por motivo de la nueva Ley de Reformas Urgentes del Trabajo Autónomo y respecto de la entrada en el blog del pasado 25 de Octubre resumimos a continuación los requisitos para que los gastos de manutención puedan ser deducibles a partir del próximo año 2018:
1.- Que se produzcan por motivo de la actividad económica. Es recomendable contar con indicios de vinculación.
2.- Que se produzcan en días laborales y en establecimientos de restauración y hostelería. La compra en el supermercado queda excluida.
3.- Que se abonen utilizando medios electrónicos de pago (tarjeta o móvil). No se admite el pago en efectivo.
4.- Que no supere el límite de 26,67€/día si el gasto se produce en España y 48,08€/día en el extranjero. Estos límites serán el doble si se produce pernocta.
5.- Que se solicite la factura formal con todos los datos obligatorios. No es válido exclusivamente el ticket de caja o la factura simplificada. Hay que pedir factura completa, con nombre, DNI y dirección para que sea deducible
Respecto de las comidas con clientes se podrá seguir deduciendo las realizadas con clientes y proveedores y hasta el 1% del volumen de negocio siempre que estén vinculados a la actividad económica y estén justificados.
Esperamos que la presente información haya sido de su interés, y recuerden que, para ampliar información sobre lo anterior puede ponerse en contacto con nosotros, su Asesoría en Alicante.
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