09 Marzo

Cobertura Accidentes de Trabajo y Enfermedad Profesional

Nos es grato informarles de que, como cada año, el día 30 de septiembre es el último día de plazo para solicitar la cobertura de Accidentes de Trabajo y Enfermedad Profesional de aquellos autónomos que no la tienen (surtiendo efecto el 1 de enero del año siguiente). Estas coberturas profesionales no son obligatorias para los autónomos, sino voluntarias, pero en caso de no tenerlas cubiertas el autónomo no tendrá derecho a la gratuidad de la asistencia sanitaria en caso de accidente de trabajo o enfermedad profesional (ni por Mutua ni por la Seguridad Social), debiendo abonar los gastos que ocasione en relación a dicha asistencia. Para ampliar información sobre esta medida no dude en ponerse en contacto con nosotros.
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