SUBVENCION A LA CONTRATACION DE JOVENES CUALIFICADOS 2023 (AVALEM JOVES)

Hoy se abre la convocatoria para solicitar las subvenciones convocadas por LABORA para la contratación indefinida de personas jóvenes cualificadas, dentro del Programa AVALEM JOVES, en el marco del Sistema Nacional de Garantía Juvenil.

Beneficiarios y condiciones.

Podrán ser beneficiarias de estas ayudas empresas privadas y autónomos con centro de trabajo en la Comunidad Valenciana, que contrate a partir de hoy y mediante un contrato indefinido inicial a jornada completa, a personas jóvenes (entre 16 y 29 años) que cuenten con una cualificación profesional reconocida por el sistema de formación profesional para el empleo o del sistema educativo y figuren inscritas como beneficiarias en el fichero del Sistema Nacional de Garantía Juvenil en el ámbito territorial de la Comunitat Valenciana.

Se entenderá que la persona joven cuenta con una cualificación profesional cuando se encuentre en posesión de alguna de las siguientes titulaciones:

a) Licenciatura o Diplomatura universitaria, Ingeniería Superior o Técnica, Arquitectura o Arquitectura Técnica.

b) Grado universitario.

c) Estudios de Postgrado universitario.

d) Doctorado.

e) Técnico o Técnico Superior de Formación Profesional Reglada, de la formación profesional específica.

f) Otras titulaciones oficialmente reconocidas como equivalentes a las anteriores, sin que tengan tal consideración los títulos de Educación Secundaria Obligatoria, Bachillerato ni Formación Profesional Básica.

g) Certificado de profesionalidad.

Cuantía.

El importe de la subvención será el resultado de multiplicar el 90% del salario mínimo interprofesional (incrementado en la parte proporcional de la paga extra) vigente en el momento de la contratación por el número mínimo de meses de mantenimiento del contrato (24 meses).

Si en la persona contratada concurre adicionalmente la condición de mujer o de persona con diversidad funcional, el porcentaje anterior se elevará al 95%. Si se trata de una persona con diversidad funcional severa; de una persona joven que se encuentre bajo la guarda o la tutela de la Generalitat, o cumpliendo una medida judicial derivada de la responsabilidad penal de personas menores de edad, o que haya permanecido en alguna de estas dos situaciones, en algún período, durante los tres años anteriores a la mayoría de edad; o de una joven mujer víctima de la violencia sobre la mujer, el porcentaje establecido se elevará al 100%.

Condiciones de la contratación.

La contratación deberá representar un incremento neto de la plantilla en comparación con la plantilla media en situación de alta en los treinta días naturales anteriores a la celebración del contrato.

Deberá existir una correspondencia entre la titulación de la persona joven y el puesto de trabajo desempeñado, que deberá tener una adecuación al nivel de estudios cursados y al grupo de cotización que corresponda a este nivel.

Plazo de presentación de solicitudes.

Las solicitudes deberán presentarse en el plazo de dos meses desde la contratación objeto de la subvención, sin que en ningún caso puedan presentarse después del 31 de mayo de 2023.

Esperamos que la anterior información haya sido de su interés y recuerde que para cualquier aclaración puede ponerse en contacto con su Asesoría en Alicante.

AYUDAS A LOS SECTORES COMERCIO Y ARTESANIA DE LA COMUNIDAD VALENCIANA. AYUDAS AVALEM 2023

Se han abierto los plazos para solicitar las ayudas AVALEM al sector Comercio y Artesanía de la Comunidad valenciana. En concreto, para los autónomos y empresas de dichos sectores las acciones subvencionables y cuantías de la ayuda son las siguientes:

  1. Ayudas EMPRENDEMOS COMERCIO:

Se considerarán susceptibles de recibir apoyo los gastos corrientes derivados del mantenimiento de un establecimiento comercial con nueva titularidad o de la implantación de una actividad comercial en un local en el que, con anterioridad, haya desarrollado actividad económica, desde el 1 de enero de 2023 hasta el 30 de septiembre de 2023. El establecimiento debe estar situado en la Comunidad Valenciana.

Las acciones objeto de la ayuda son:

– Estudios de viabilidad y factibilidad comercial, distribución, iluminación, ahorro energético y diseño del establecimiento.

– Gastos de gestoría, notaría y registros necesarios para la constitución de la empresa o para el inicio de la actividad en el establecimiento comercial y, además, en su caso, online.

– Gastos de alquiler de local devengados hasta el 30 de septiembre del ejercicio en que se convoque la ayuda.

La ayuda que se concederá por establecimiento será de hasta el 50%, con el límite de 10.000 euros, sin que en concepto de alquiler se superen los 5.000 euros de subvención.

El plazo de presentación de solicitudes será desde el día 11 de enero 2023 hasta el día 3 de febrero de 2023, ambos inclusive. 

2. Ayudas AVALAMOS ARTESANIA:

El objeto de estas ayudas es incrementar la competitividad, la innovación y la calidad en las pymes artesanas y sus productos.

Los gastos susceptibles de obtener financiación por estas ayudas son los siguientes:

– Participación como expositora en certámenes feriales, incluidos los realizados fuera de la Comunitat Valenciana, de carácter predominantemente artesano. Se considerarán susceptibles de recibir soporte los gastos de alquiler de espacio y stand, así como los de montaje, desmontaje, decoración y rotulación del mismo.

– Gastos derivados de la protección del producto, diseño o marca así como los de incorporación de diseño en la definición y ejecución del producto.

– Confección y edición de catálogos de producto, en cualquier soporte, incluido el coste del alojamiento en la web, en su caso.

– Acciones de promoción de producto.

– Asistencia a cursos especializados de formación en diseño, calidad y especialización en su oficio, según su actividad artesana, organizado por entidades formativas, independientemente del lugar en el que se realicen. Se consideran susceptibles de recibir soporte únicamente los gastos de matrícula y otros conceptos generados por la entidad organizadora.

Se consideran susceptibles de apoyo las actuaciones realizadas desde el 1 de enero de 2023 hasta el 31 de octubre de 2023. Únicamente en el supuesto de asistencia y realización de certámenes o manifestaciones feriales, el plazo de las actuaciones susceptibles de apoyo se prolongará hasta el 19 de noviembre 2023. Y, excepcionalmente, podrá realizarse hasta el 10 de diciembre 2023, siempre que quede justificado por el carácter sectorial específico o por celebrarse fuera del territorio nacional.

La ayuda que se concederá por solicitante será de hasta el 50%, con el límite de 5.000,00 euros. En caso de que la persona artesana participe y solicite apoyo para hacerlo en un certamen fuera del territorio español, este límite será de 7.500 euros.

El plazo de presentación de solicitudes será desde el día 11 de enero de 2023 hasta el día 3 de febrero de 2023, ambos inclusive. 

Esperamos que la anterior información haya sido de su interés y recuerde que para cualquier aclaración puede ponerse en contacto con su Asesoría en Alicante.

SUBVENCIÓN A LA CONTRATACIÓN INDEFINIDA DE JÓVENES CUALIFICADOS (AVALEM JOVES)

Recientemente se ha publicado en el DOGV los extractos de las Resoluciones del director general del Servicio Valenciano de Empleo y Formación, por la que se convoca para el ejercicio 2019 el Programa de fomento de la contratación indefinida y en prácticas de personas jóvenes cualificadas (AVALEM JOVES), en el marco del Sistema Nacional de Garantía Juvenil.

A continuación indicamos los puntos más importantes de dichos extractos:

1.- Beneficiarios y condiciones.

Entidades privadas, incluidos autónomos, con centro de trabajo en la Comunitat Valenciana, que contraten, con posterioridad a la publicación del extracto, a personas jóvenes que cuenten con una cualificación profesional reconocida por el sistema de formación profesional para el empleo o del sistema educativo y figuren inscritas como beneficiarias en el fichero del Sistema Nacional de Garantía Juvenil en el ámbito territorial de la Comunitat Valenciana.

La contratación debe ser indefinida inicial o en prácticas durante al menos doce meses, ambas a jornada completa.

2. Cuantía

Para la contratación indefinida, la cuantía de la subvención ascenderá a 22.680 €. Si en la persona contratada concurre adicionalmente la condición de mujer o de persona con diversidad funcional, el importe ascenderá a 23.940 €, y si se trata de una persona con diversidad funcional severa, o de personas jóvenes que se encuentren bajo la guarda o la tutela de la Generalitat, o cumpliendo una medida judicial derivada de la responsabilidad penal de personas menores de edad, o que haya permanecido en alguna de estas dos situaciones, en algún período, durante los tres años anteriores a la mayoría de edad; o de jóvenes mujeres víctimas de la violencia sobre la mujer, el importe ascenderá a 25.200 €.

Para la contratación en prácticas, el importe de la subvención ascenderá a 10.080 euros. Si en la persona contratada concurre adicionalmente la condición de mujer o de persona con diversidad funcional, el importe ascenderá a 10.710 euros. Si se trata de una persona con diversidad funcional severa; de una persona joven que se encuentre bajo la guarda o la tutela de la Generalitat, o cumpliendo una medida judicial derivada de la responsabilidad penal de personas menores de edad, o que haya permanecido en alguna de estas dos situaciones, en algún período, durante los tres años anteriores a la mayoría de edad; o de una joven mujer víctima de la violencia sobre la mujer, el importe ascenderá a 11.340 euros.

3. Plazo de presentación de solicitudes

El plazo para la presentación de solicitudes finalizará el 31 de octubre de 2019. Con carácter adicional a este plazo general, las solicitudes deberán presentarse en el plazo de dos meses desde la contratación objeto de la subvención.

Esperamos que la presente información haya sido de su interés, y recuerden que, para ampliar información sobre lo anterior pueden ponerse en contacto con nosotros, su Asesoría en Alicante.

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AYUDAS AL COMERCIO Y LA ARTESANÍA DE LA COMUNIDAD VALENCIANA PARA EL 2019

En el DOGV de fecha 28 de diciembre de 2018 se ha publicado el Extracto de la ORDEN 22/2018, de 22 de noviembre, de la Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de comercio, consumo y artesanía, que efectúa la convocatoria anticipada para el ejercicio 2019 de dichas ayudas.

Estas ayudas tienen por objeto incrementar la competitividad, la innovación y la calidad, para el ejercicio 2019, en las pymes comerciales y artesanas que ejerzan la actividad comercial en la Comunitat Valenciana a través de varios programas:

  • Ayudas EMPRENEM COMERÇ a la pyme comercial (CMIAPY).
  • Ayudas AVALEM COMERÇ a la pyme comercial (CMMOPY).
  • Ayudas AVALEM COMERÇ RURAL a la pyme comercial (municipios de menos de 1000 habitantes) (CMRUPY).
  • Ayudas AVALEM ARTESANIA a pymes (CMAPY4).
  • Ayudas AVALEM MERCATS, a mercados de venta no sedentaria (CMSEPY).

1.- Ayudas EMPRENEM COMERÇ a la pyme comercial (CMIAPY).

Objeto

Se considerarán susceptibles de apoyo los gastos corrientes derivados del mantenimiento de un establecimiento comercial con nueva titularidad o de la implantación de una actividad comercial en un local en el que, con anterioridad, se haya desarrollado actividad económica. El establecimiento deberá estar ubicado en la Comunitat Valenciana y, en su caso, abrirse al público entre el 1 de febrero y el 30 de septiembre del ejercicio en que se convoque la ayuda.

Beneficiarios.

Podrán beneficiarse las personas físicas y las sociedades mercantiles y asimiladas calificadas como pyme o micropymes (excluidas las que realicen actividad de reparación o mantenimiento):

  • Que no sean agrupaciones de personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, sociedades civiles, comunidades de bienes, o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado sin personalidad jurídica propia.
  • Que ejerzan o vayan a ejercer la actividad comercial en la Comunitat Valenciana, en alguna de las siguientes según:

CNAE-2009: Sección G, División 47, excepto los grupos y clases 4726, 473, 4773, 478 y 479.

IAE: Sección Primera, División 6, Agrupaciones: Agrupación 64 excepto el grupo 646 y el epígrafe 647.5 y Agrupación 65 excepto el epígrafe 652.1 y los grupos 654 y 655.

Cuantía de la ayuda.

La ayuda a conceder por establecimiento será de hasta el 50% con el límite de 10.000 euros, sin que en concepto de alquiler se superen los 5.000 euros de subvención.

Se considerarán subvencionables los gastos en:

– Estudios de viabilidad y factibilidad comercial, distribución, iluminación, ahorro energético y diseño del establecimiento.

– Gastos de gestoría, notaría y registros necesarios para la constitución de la empresa o para el inicio de la actividad en el establecimiento comercial y además, en su caso, online.

– Gastos de alquiler de local devengados hasta el 30 de septiembre del ejercicio en que se convoque la ayuda.

2.- Ayudas AVALEM COMERÇ a la pyme comercial (CMMOPY).

Objeto

Se considerarán susceptibles de apoyo las inversiones en equipamiento para el establecimiento comercial y la implantación de la venta online segura o su integración en una plataforma en línea de comercio electrónico. En estos casos se considerarán apoyables las aplicaciones informáticas y los gastos derivados de la creación de una página web, siempre que esté vinculada al establecimiento. Se consideran apoyables las actuaciones realizadas desde el 1 de enero hasta el 31 de octubre de 2019.

Beneficiarios.

Podrán beneficiarse las personas físicas y las sociedades mercantiles y asimiladas calificadas como pymes o micropymes (excluidas las que realicen actividad de reparación o mantenimiento):

  • Que no sean agrupaciones de personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, sociedades civiles, comunidades de bienes, o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado sin personalidad jurídica propia.
  • Que ejerzan o vayan a ejercer la actividad comercial en la Comunitat Valenciana, en alguna de las actividades, según:

CNAE-2009: Sección G, División 47, excepto los grupos y clases 4726, 473, 4773, 478 y 479.

IAE: Sección Primera División 6, Agrupaciones: Agrupación 64 excepto el grupo 646 y el epígrafe 647.5 y Agrupación 65 excepto el epígrafe 652.1 y los grupos 654 y 655.

Cuantía de la ayuda.

La inversión aprobada no podrá ser inferior a 3.000 euros y la ayuda será de hasta el 50% con el límite de 20.000 euros por solicitante, en cada establecimiento, y en un periodo de 3 años.

3.- Ayudas AVALEM COMERÇ RURAL a la pyme comercial (municipios de menos de 1000 habitantes) (CMRUPY).

Objeto.

Se considerarán subvencionables las inversiones en equipamiento para el establecimiento comercial, incluyendo las aplicaciones informáticas y los gastos derivados de la creación de una página web, vinculada al establecimiento, si su fin es implantar la venta online segura o su integración en una plataforma en línea de comercio electrónico, en los establecimientos ubicados, o a implantar, en los municipios de menos de 1000 habitantes de la Comunitat Valenciana. Estos establecimientos podrán estar ubicados en espacios multiservicio de propiedad pública o privada. Se consideran apoyables las actuaciones realizadas desde el 1 de enero hasta el 31 de octubre de 2019.

Beneficiarios.

Podrán beneficiarse las personas físicas y las sociedades mercantiles y asimiladas calificadas como pymes o micropymes (excluidas las que realicen actividad de reparación o mantenimiento):

  • Que no sean agrupaciones de personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, sociedades civiles, comunidades de bienes, o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado sin personalidad jurídica propia.
  • Que ejerzan o vayan a ejercer la actividad comercial en la Comunitat Valenciana, en alguna de las actividades, según:

– CNAE-2009: Sección G, División 47, excepto los grupos y clases 4726, 473, 4773, 478 y 479.
– IAE: Sección Primera División 6, Agrupaciones: Agrupación 64 excepto el grupo 646 y el epígrafe 647.5 y Agrupación 65 excepto el epígrafe 652.1 y los grupos 654 y 655.

Cuantía de la ayuda.

La subvención podrá alcanzar el 60% con el límite, por solicitante, de 20.000 euros en 3 años.

4.- Ayudas AVALEM ARTESANIA a pymes (CMAPY4). Artesanía.

Objeto.

Los gastos susceptibles de obtener financiación por estas ayudas son los siguientes:

  • Participación como expositora en certámenes feriales, incluidos los realizados fuera de la Comunitat Valenciana, de carácter predominantemente artesano. Se considerarán susceptibles de recibir apoyo los gastos de alquiler de espacio y stand, así como los de montaje, desmontaje, decoración y rotulación del mismo.
  • Gastos derivados de la protección del producto, diseño o marca así como los de incorporación de diseño en la definición y ejecución del producto.
  • Confección y edición de catálogos de producto, en cualquier soporte, incluido el coste del alojamiento en la web, en su caso.
  • Acciones de promoción de producto, a través de cualquier medio promocional.
  • Asistencia a cursos especializados de formación en diseño, calidad y especialización en su oficio, según su actividad artesana, organizado por entidades formativas, independientemente del lugar en que se realicen. Se consideran susceptibles de recibir apoyo únicamente los gastos de matrícula y otros conceptos generados por la entidad organizadora.

Se consideran apoyables las actuaciones realizadas desde el 1 de enero al 31 de octubre de 2019, que se prolongara para determinadas circunstancias hasta el 24 de noviembre y el 15 de diciembre de 2019, según el caso.

Beneficiarios.

Podrán beneficiarse las personas físicas y las sociedades mercantiles y asimiladas calificadas como pymes o micropymes (excluidas las que realicen actividad de reparación o mantenimiento):

  • Que no sean agrupaciones de personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, sociedades civiles, comunidades de bienes, o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado sin personalidad jurídica propia.
  • Que estén en posesión del documento de calificación artesana (DCA) debidamente actualizado y expedido por la Generalitat o documento equivalente emitido por una Administración Pública que acredite su condición de artesana.

Cuantía de la ayuda.

La ayuda a conceder por solicitante será de hasta el 50% con el límite de 5.000,00 euros. En el caso de en que la persona artesana participe, y solicite apoyo para ello, en un certamen fuera del territorio español este límite será de 7500 euros.

5.- Ayudas AVALEM MERCATS, a mercados de venta no sedentaria (CMSEPY).

Objeto.

Se considerarán susceptibles de recibir apoyo, para la venta en mercados de venta no sedentaria si disponen de autorización municipal para ello, las inversiones en la adaptación de vehículos de transporte como tienda, o en la instalación de equipo de frío para el transporte y la venta de productos de alimentación, cumpliendo en este caso con la normativa vigente en materia. Se consideran apoyables las actuaciones realizadas desde el 1 de enero hasta el 31 de octubre de 2019.

Beneficiarios.

Podrán beneficiarse las personas físicas y las sociedades mercantiles y asimiladas calificadas como pymes o micropymes (excluidas las que realicen actividad de reparación o mantenimiento):

  • Que no sean agrupaciones de personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, sociedades civiles, comunidades de bienes, o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado sin personalidad jurídica propia.
  • Que siendo micropymes ejerzan la actividad comercial en la Comunitat Valenciana en el grupo 478 del CNAE o en el grupo 663 del IAE.

Cuantía de la ayuda.

La inversión aprobada no podrá ser inferior a 1.000 euros y la ayuda será de hasta el 50% con el límite de 5.000 euros por beneficiaria en un plazo de 5 años.

El plazo de presentación para todas las ayudas referidas anteriormente será hasta el día 4 de febrero de 2019.

Pueden obtener más información en la página web de la Cámara Oficial de Comercio, Industria, Servicios y Navegación de Alicante:

https://www.camaralicante.com/comercio/ayudas-y-subvenciones/

Esperamos que la presente información haya sido de su interés, y recuerden que, para ampliar información sobre lo anterior también pueden ponerse en contacto con nosotros, su Asesoría en Alicante.

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