Como ya se anunció en este mismo blog, entre las medidas extraordinarias para hacer frente a las consecuencias del Covid-19 establecidas el en Real Decreto-Ley 11/2020, de 31 de marzo, se encuentra la posibilidad de solicitar moratorias de aportaciones y cuotas de la Seguridad Social y de aplazar el pago de sus deudas con la Seguridad Social.
En cuanto a la moratoria de las cotizaciones sociales a la Seguridad Social:
Se podrán otorgar moratorias de seis meses, sin interés, a empresas y autónomos incluidos en cualquier régimen de la Seguridad Social. Estas moratorias afectarán:
El plazo para la presentación de las solicitudes de moratoria será el siguiente:
En cuanto al aplazamiento en el pago de deudas con la Seguridad Social
Empresas y autónomos, siempre que no tuvieran otro aplazamiento en vigor, podrán solicitar el aplazamiento en el pago de sus deudas con la Seguridad Social cuyo plazo reglamentario de ingreso tenga lugar entre los meses de abril y junio de 2020, siendo de aplicación un interés del 0,5% en lugar del previsto legalmente.
Estas solicitudes de aplazamiento deberán efectuarse antes del transcurso de los diez primeros naturales del plazo reglamentario de ingreso.
Esperamos que la presente información haya sido de su interés, y recuerden que, para ampliar información sobre lo anterior pueden ponerse en contacto con nosotros, su Asesoría en Alicante.
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