El pasado día 20 de junio de 2015 se publico en el B.O.E. la Orden ESS/1187/2015, de 15 de junio, por la que se desarrolla el Real Decreto 625/2014, de 18 de julio, por el que se regulan determinados aspectos de la gestión y control de los procesos por incapacidad temporal en los primeros trescientos sesenta y cinco días de su duración.
Los modelos de partes de incapacidad temporal, su duración y obligación de su presentación a la Seguridad Social ha sido modificado sustancialmente y es necesario tener conocimiento de ello para poder cumplir correctamente con las obligaciones con la Seguridad Social. Un resumen de lo contenido en esta Orden es el siguiente:
Actualmente se establecen cuatro tipos de procesos de incapacidad temporal en función de su duración estimada:
- Proceso de duración estimada muy corta: inferior a 5 días naturales.
- Proceso de duración estimada corta: de 5 a 30 días naturales.
- Proceso de duración estimada media: de 31 a 60 días naturales.
- Proceso de duración estimada larga: de 61 o más días naturales.
Corresponde al facultativo que emite el parte médico de baja y de confirmación determinar, en el momento de su expedición, la duración estimada del proceso. El facultativo podrá alterar esa duración estimada en un momento posterior, emitiendo un parte de confirmación que recogerá la nueva duración estimada.
El parte médico de baja se expedirá inmediatamente después del reconocimiento médico del trabajador por el facultativo del servicio público de salud que lo realice. En caso de que la baja médica derive de un accidente de trabajo o de una enfermedad profesional, cuya cobertura corresponda a una mutua, será el facultativo de la propia mutua el que expida el parte médico de baja.
Cuando el facultativo del servicio público de salud o de la mutua considere que se trata de un proceso de duración estimada muy corta, emitirá el parte de baja y de alta en el mismo acto médico. Para ello utilizará un único parte. No obstante, el trabajador podrá solicitar que se le realice un reconocimiento médico el día que se haya fijado como fecha de alta, expidiéndose, si procediera, un parte de confirmación de la baja.
Cuando el facultativo considere que se trata de un proceso de duración estimada corta, media o larga, consignará en el parte de baja la fecha de la siguiente revisión médica prevista que, en ningún caso, excederá en más de 7 días naturales a la fecha de la baja médica, tratándose de procesos de duración estimada corta o media, o de 14 días naturales tratándose de procesos de duración estimada larga.
Si el trabajador no acude a la revisión médica prevista en los partes de baja y confirmación, se podrá emitir el alta médica por incomparecencia.
El facultativo que expida el parte médico de baja/alta y confirmación entregará al trabajador dos copias del mismo, una para el interesado y otra con destino a la empresa.
El trabajador está obligado a presentar a la empresa la copia de los partes de baja y confirmación destinada a ella, en el plazo de 3 días contados a partir de la fecha de su expedición. Asimismo, está obligado a presentar a la empresa la copia destinada a ella del parte de alta dentro de las 24 horas siguientes a su expedición. De igual modo, en los procesos de duración estimada muy corta, el trabajador presentará a la empresa la copia del parte de baja/alta destinada a ella dentro de las 24 horas siguientes a la fecha del alta. Excepcionalmente, si el facultativo emite el primer parte de confirmación porque considere que el trabajador no ha recuperado su capacidad laboral, el trabajador lo presentará a la empresa dentro de las 24 horas siguientes a su expedición, junto con el parte de baja inicial.
Si la relación laboral finaliza durante la situación de incapacidad temporal, a partir de ese momento el trabajador habrá de presentar la copia de los partes de confirmación y de alta a la entidad gestora o mutua que cubra la prestación económica de incapacidad temporal.
La empresa tiene la obligación de transmitir al Instituto Nacional de la Seguridad Social, el parte de baja, de confirmación o de alta presentado a la misma por el trabajador, después de cumplimentar los apartados a ella concernientes, a través del sistema RED, con carácter inmediato y, en todo caso, dentro del plazo máximo de 3 días hábiles a partir de su recepción.
Para ampliar más información sobre lo anterior no dude en ponerse en contacto con nosotros, su Asesoría.
Esperamos que la presente información haya sido de su interés.
Buenas tardes. El médico de cabecera me dio la baja el día 23.en la empresa me piden que me la de a fecha del día 22.se puede modificar la fecha????
Hola Yonatan. El médico la puede cambiar.
Cuantos días tienes para poder modificarla?
Hola Irantxulopez. En funución de lo que le permita el sistema y las fechas en las que caiga pero sabemos que la han podido modificar incluso de dos semanas.
Con cuánto tiempo se puede pedir que cambie la baja médica , yo tengo que cambiarla pero han pasado 5 meses y tengo que cambiar el día que se inicio
Hola Isaias, como he comentado en otras consultas, las solicitudes de cambio o modificación de partes médicos por error se pueden solicitar al médico de la Seguridad Social, pero eso no quiere decir que los modifiquen ya que dependerá de muchas cosas como, por ejemplo, que el médico considere que efectivamente hubo un error salvable. Aun así, no siempre será posible por el tiempo trascurrido. Lo mejor es que le consultes a tu médico si es posible el cambio que le solicitas.
Hola me pregunta es la seguiente ..yo trabajo en el sector agrario he trabajado medio día y en el mismo día por la tarde tenía cita con mi médico que me dio de baja por ansiedad la misma tarde y desde este momento no he vuelto a trabajar …pero la empresa me llama cada dos por tres deciendo que no concede el dia de baja con un día trabajado (yo trabajo por horas trabajadas ) y además me dice que el médico tiene que cambiar la fecha de la baja espero una información gracias
Hola Malik. El día en que se concede la baja computa como trabajado y el día en que se da el alta computa como no trabajado. La empresa debe enviar tu parte de baja a la Mutua y deberás solicitar al médico que te de la baja con un día antes. Un saludo
Hola, estoy en un proceso de baja y me gustaría si puedo solicitar voluntariamente el cambio de fecha de la próxima revisión.
Saludos
Hola María,
Puedes solicitarlo a la Mutua para ver si te cambian de fecha voluntariamente pero ellos no tienen obligación a no ser por causa de fuera mayor que puedas justificar.
Hola, el día 12 durante mi jornada de de trabajo he tenido un accidente laboral pero la he completado mi jornada laboral y no tengo que presentar justificante ni baja de ese día. Una vez acabada mi jornada fui a la mútua laboral con el parte hecho por la empresa y el médico me ha expedido la baja con fecha de ese mismo día 12 en vez de fecha del día siguiente día 13 que sería el primer día que no acudí al trabajo. Debe el médico cambiar la fecha de la baja a día 13?
Gracias,
Hola María, el médico ha hecho lo correcto. La baja debe ser con fecha del accidente laboral y tanto el dia de baja como el de alta no computan como trabajados.
Me citan comparecencia médica por medio de consulta telefónica (según aparece en mi carpeta de salud) , pero no llegaron a contactar conmigo.
Mi sorpresa es q han dado el alta médica por no comparecencia ( el documento de alta aparece como no válido para su tramitación).
Mi pregunta es si se puede modificar el alta por parte del facultativo correspondiente y q plazo tiene. (Porque mi baja es de larga duración por Fibrilación y fluter auricular).
Hola Alfredo. El parte lo puede modificar el médico siempre que lo considere conveniente, tenga motivos fundados y fuera reciente.
Hola, perdí mi cita médica y me di cuenta el mismo día pero ya era demasiado tarde. Pedí otra cita telefónicamente y me la dieron para el siguiente día hábil. Hay alguna solución ??
Hola Cristo M, cuando lo hables con el o la médico coméntaselo. Si hay solución, sin duda, el o la médico te lo dirán.
Hola buenas tardes el mismo día que la mutua me dio el alta por accidente de trabajo, la seguridad social me dio de baja por enfermedad, a hora me piden que tengo que cambiar al día de baja por el siguiente como lo puedo hacer gracias.
Hola Lisseth, solicítalo al doctor. Te pondrán más pegas si fuera en sentido contrario, es decir, pidieras un día más de baja.
Hola! Me he incorporado a trabajar el mismo día del alta que constava en el parte y no el día siguiente. Me pide la empresa que el médico me modifique la fecha. Se puede? Gracias.
Hola María…sí que se puede siempre que el médico así lo considere y fuera reciente.
Hola estoy de baja desde el 15 /07/22 y la empresa cesó el 28/08/22 y yoe fuí al inns y pedí el pago directo y al día de hoy sigo sin cobrar y sin saber porque dicen cada vez que pido cita que no me faltan papeles pero sigo esperando y sin resolución
Hola Pilar, sí… estos trámites pueden llegar a ser muy lentos. Es muy recomendable que contactes los servicios de un abogado.
Buenos días. Mi marido estaba de baja por una lumbalgia desde el mes de junio. El 27 de octubre lo operaron por un cáncer en la boca. Este viernes, al recoger el parte de baja por la lumbalgia la doctora de cabecera le dijo que tenía que modificar la baja porque el cáncer tenía más duración que la lumbalgia. Pero no modificó el motivo de la baja. Le dio el alta de la lumbalgia y emitió una nueva baja por el cáncer. Mi pregunta es: no tenía que haber modificado el motivo sin modificar fechas? Porque todavía no está recuperado de la lumbalgia, es más, está a la espera de reabilitación. Muchísimas gracias
Hola Sol María, la doctora lo hizo correctamente porque debe corresponder la baja a la incapacidad que considere más larga y debe actualizar las causas. No se puede estar de baja por dos motivos diferentes. En cuanto se recupere del cáncer, si sigue incapacitado para trabajar por la lumbalgia entonces la doctora deberá de hacer el proceso inverso. Espero que tu duda haya quedado resuelta y mucha suerte para ti y para tu marido. Te deseo una pronta recuperación.
Hola, se puede modificar la fecha de un alta médica. Empecé a trabajar un día antes de q me dieran en alta por una confusión de fechas. Me podría cambiar el médico el parte y poner q ese día trabajé.
Hola Fara, se podría modificar por parte del médico si así lo considera y es reciente. En muchas ocasiones así ha ocurrido.
Buenas tardes,
Me encuentro de baja por lumbalgia. Hace dos días (12/12) tenía la consulta para la confirmación del parte de baja, pero como se encuentran los médicos en huelga no se produjo esa cita. El centro de salud me dijo que hacen los partes de confirmación automáticamente, pero cuando me he metido en mi carpeta de salud, el parte que han colgado es con fecha de hoy (14/12 dos días después a lo que marcaba el anterior parte). Es necesario que me cambien la fecha de este último parte para que coincida correlativamente con el anterior?
Muchas gracias.
Hola Mónica,
Te han dado un parte de confirmación por lo que continuas con la misma baja laboral. Es el mismo proceso. No te preocupes porque no hace falta. Gracias por tu pregunta.
Buenos dias, estado de baja por gripe , pedi ayer el alta voluntaria pensando que estaba recuperada para trabajar hoy, envie el parte del alta a la empresa, cuando me levanto sigo con fiebre, necesito me amplie mi medica la baja. ¿Se puede hacer?
Hola Mónica,
Debes ponerte en contacto con tu médica para, o bien que te anule el alta voluntaria o bien que te haga nuevo parte.
Buenos dias, estando de baja mi medica me dio el ultimo parte de confirmacion dia 23 diciembre, el 26 empezaron mis vacaciones, la empresa me pide el parte de alta con fecha 23 ya que sabado , domingo y festivos no trabajamos. Se le paso a mi medica mandarmelo y yo no me di cuenta. Me puede dar el alta con fecha 23 , siendo hoy dia 28. ( yo no me reincorpore a currar porque estaba de vacaciones)
Hola
Es correcto que un médico haga un parte con fecha de alta,se equivoque con la fecha de baja y al rectificarlo,la fecha de alta ya no es tal y si de próxima revisión médica?
Hola Alexandra. Los médicos también se equivocan a veces, pero pueden rectificar sus errores. Si al rectificarlo puso otra fecha de alta distinta bien fue porque es la que realmente corresponde o porque se ha vuelto a equivocar. En este segundo caso, debería ponerse en conocimiento del médico para una segunda rectificación, siempre que sea posible.
Hola,Estoy de baja, desde el 27 de diciembre, primero me dieron un parte de una semana y los dos posteriores de 15 días, mañana me toca revisión, yo no estoy en condiciones todavía para hacer el trabajo que desempeño, mi pregunta es… la doctora me puede mañana dar otro parte??? Gracias.
Hola M carmen. Si la doctora te revisa y diagnostica que todavía no te has curado lo suficientemente para trabajar, volverá a darte otro parte de confirmación de la baja médica por el tiempo que Ella considere hasta nueva revisión. Si por el contrario te diagnostica que tienes una mejoría que te permite trabajar, te dará el alta.
Buenas tardes.
Acudí a urgencias el día 4 de febrero. El facultativo especialista me refiere que la dolencia y problema en el dedo es causado por el trabajo de carga y gesto repetitivo en mi trabajo (mozo almacen).
Le digo que no me dé la baja porque estoy esperando que me renueven. Dicha renovación no se produce.
Voy a mi médico de cabecera y el día 8 me da la baja.
Puedo solicitar la baja desde el día que acudí a urgencias?
Y por tanto que la mutua de la empresa se haga cargo de mi proceso de recuperación?
Espero contestación
Un saludo
Hola Cristobal. Todo depende de la Mutua, que considere tu proceso como enfermedad profesional a consecuencia del trabajo que hiciste.
¡Hola! Tengo un parte de baja hasta el día 27 de febrero. Pero me llamaron del centro médico que ese día ni el 28 está el médico y me citaron para el día 1 de marzo. ¿Hay algún problema por esos 2 días de diferencia? ¿Puedo yo presentar el parte de baja o alta el día 1? ¿ Me puede poner pegas la empresa por esos días? ¿Que debo decirles? ¿Si voy el 24 me puede dar el parte de baja o alta por adelantado para el 28? Muchas gracias por su atención.
Hola Carla,
No hay ningún problema. El cambio de fecha no ha sido por tu culpa sino por imposibilidad del Centro de Salud, por lo tanto, ese día 1 el médico te confirmará la baja y continuarás de baja hasta nueva fecha si no te has curado o bien te dará el alta con la fecha que vayas, es decir, el mismo día 1. Como la fecha del parte será del día 1 la puedes presentar a la empresa ese día.
Hola buenas tengo una pregunta? Necesito alta el dia 11 September ahora estamos el dia 19 el medico de cabecera peude cambiar fecha
Hola Hafid, las fechas no se pueden cambiar de manera discrecional o por conveniencia. Para el cambio de fechas debe existir un error verificado por el médico con posibilidad de que sea todavía subsanable. Háblalo con el médico por si fuera posible.
Hola, fui a dar de baja a mi marido por operación y le di mal el puesto de trabajo que desempeña, se puede cambiar? Nos puede provocar problemas? Gracias
Hola Raquel. En principio no tiene que dar problemas. De todas formas, cuando volváis para la siguiente revisión (confirmación o alta) comentárselo al médico por si considera modificar el puesto.
Buenas,
Llevo de baja desde el 20 de septiembre por cáncer de mama y hoy me han llamado del trabajo porque resulta que en la seguridad social salgo como dada de alta el día 4 de octubre, cuando mi baja eran 200 días, y se han dado cuenta ahora de que me está pagando la empresa. Ha debido de ser un error del médico de cabecera ¿Podrá cambiarme la fecha de la baja después de tanto tiempo? Si no, ¿Qué va a pasar con el dinero que me han estado pagando?
Hola Paloma, estos casos tan especiales debes consultarlo con el médico de cabecera y la empresa. Si todo es correcto y el error es del médico no deberías preocuparte, pero debes ponerlo en conocimiento del médico lo antes posible.
Hola estoy de baja médica y el día 5 de mayo tengo que ir a por el parte de confirmación pero me dijo la médica que daría el alta puedo ir antes de la fecha y me puede dar el alta?
Hola Rocio, por supuesto que puedes solicitar el alta antes de la siguiente revisión si has mejorado. No obstante, es posible que necesites cita previa con la doctora.
Buenos días, hoy me finaliza una baja de cinco días que me dieron el lunes ¿Tengo que ir hoy o mañana para el alta?
Gracias
Hola Francisco, tendrás que reincorporarte a tu trabajo al día siguiente laboral al alta médica.
Buenas, mi nombre es Reme, Quisiera saber, quién puede cambiar un parte de baja, que tendría que haber puesto el médico «recaída» y no lo puso.
Me he enterado, cuando me incorporo al trabajo después de 5 meses de baja y me dicen que por eso me han quitado parte del sueldo.
Hola Remedios, debes comentarlo con el médico que te dio la baja.
Hola! Estoy embarazada de 12 semanas con infección de orina y tratamiento con antibiótico. Me han dado un parte de baja por 15 días pero de muy malas maneras. Pasados los 15 días tengo la revisión, mi pregunta es si podría pedirla con otro médico del Centro de Salud, en este caso privado. O incluso con otra clínica privada o si por lo contrario es necesario que sea con el mismo médico.
Muchas gracias por la atención
Hola Maestra ed infantil, el médico que te confirme la baja o el alta debe ser de la Sanidad Pública, no puede ser privado. En cuanto a cambiar de médico dentro de la Sanidad Publica, debes solicitarlo en tu Centro de Salud, y ellos te dirán.
Hola!
Si mi parte de revisión es por ejemplo el día 19 y mi doctora me está haciendo una media de revisiones de la baja de 7 días ¿ puedo pedirle que me aumente un día más? Es decir 8? O hay alguna ley que estipule que no se puede?
Hola Corina, el máximo de días para que el medico extienda los partes de confirmación dependen de la duración estimada del proceso. El primero es a los 7 días pero los siguientes se pueden extender hasta un máximo de 14 ó 28 días, dependiendo del proceso. Es el médico quien dirige este proceso, pero contestando en concreto a tu pregunta, puedes solicitarle al médico que te revise cada 8 días a partir del primer parte de confirmación, aunque será siempre Él quien determine esa duración entre parte y parte, dependiendo del tipo de proceso y de lo que el considere como profesional.
Buenas ,el 4 de este mes me dieron un parte de baja y alta para el 7 un médico suplente de mi ambulatorio por ciatica que llevaba 3 semanas ya en agosto pero no me di de baja puesto que estaba en mis vacaciones ,el lunes 11 acudo de nuevo que sigo con los dolores y mi imposibilidad de trabajar y me vuelve a dar la baja a fecha del 11 , podría ese medico o cualquier otro suplente cambiar esos partes y hacer uno de baja desde el 4 sin alta, puesto que cada vez que me ha dado de baja los 3 primeros días no cobro nada .Un saludo y muchas gracias
Hola Francisco, teniendo en cuenta lo que dices, lo normal es que la baja del día 11 fuera por recaída pero con fecha de baja de ese mismo día 11. El cambio que me comentas dudo que sea posible por no ser un error del médico, sino un diagnostico realizado el día 4 y otro realizado el día 11, independiente de que sea un médico suplente. De todas formas, siempre aconsejo que se hable con el médico.
Buenas noches,el día 22 me operaron y la medica me dió la baja poniendo mal la empresa,el día 23 cuando me dió el papel de la baja se lo dije y lo cambió pero puso de fecha de la baja el 23 en vez del 22
¿El médico de cabecera puede cambiar el día?¿o tengo que volver al hospital para que me lo cambie la medica que me hizo la baja?gracias
Hola Sandra, este tipo de errores puede pasar, pero suelen solucionarlo los médicos si esta todo conforme. Imagino que el médico de cabecera no tendrá problemas en modificarlo siempre que le conste la fecha exacta de tu operación, aunque lo mejor es siempre solicitarlo directamente a los médicos para que ellos te den la mejor solución.
Me dieron la baja el día 5 de junio, fui a por el parte de confirmación el día 12 de junio, a la semana. He vuelto a ir hoy día 26 de junio, a las dos semanas. Me han citado para el día 10 de julio, a las dos semanas, la próxima vez que vaya que me citan para dos semanas o para 28 días ?
Hola Eva, como contesté anteriormente en otro comentario, el máximo de días para que el médico extienda los partes de confirmación dependen de la duración estimada del proceso. El primero es a los 7 días pero los siguientes se pueden extender hasta un máximo de 14 ó 28 días, dependiendo del proceso, si es de duración media o larga (más de 61 días). Es el médico quien dirige este proceso y será siempre Él quien determine esa duración entre parte y parte, dependiendo del tipo de proceso y de lo que el considere como profesional.
Hola,tengo fecha para recojer el proximo parte de baja el dia 12 de julio pero no hay citas libres hasta el dia 19 de julio y me dicen que puedo ir 6 posteriores dias naturales.Hay algun problema?
En principio, la demora se debe a ellos por lo que no debe haber problema. Los partes se pueden emitir con fecha retroactiva en estos casos.
Hola me dieron la baja con fecha del 1 de junio el cual fue un error por q debería de haberla puesto con fecha del 30 de mayo.Y lo reclame hoy por que me llamaron de la seguridad social. ¿Puede el medico modificar dicha fecha?
Hola Haridian. El médico puede modificar la fecha de baja siempre que considere que efectivamente emitió el parte con fecha errónea.
En que normativa viene recogida esta facultad del médico? Ello puede producir anomalías y graves errores ante la TGSS
Hola Juan, en el comentario me refiero a la posibilidad de resolver un error, siempre que la tramitación interna sea posible. No se trata de modificar la fecha de baja o alta a su antojo sino de enmendar un error tipográfico.
Hola, he estado 4 meses de baja por enfermedad común y el día 10/05 pedí al médico de cabecera el alta voluntaria porque me incorporo a un nuevo trabajo. Estando de baja se me acabó el contrato temporal y no me renovaron. Cuanto tiempo tengo para anular dicha alta voluntaria en caso de encontrarme mal por la misma enfermedad que causó mi primera baja? A partir de cuántos días de Alta no se podría anular el Alta y sería una recaída? Gracias
Hola Irene, el alta voluntaria no se puede anular, salvo que demuestres error o no conformidad con la tramitación de la misma y para eso tenías plazo de 10 días mediante reclamación. Si ahora has empeorado, puedes solicitar una nueva baja médica que será por recaída si han pasado menos de 180 días desde la fecha de la primera baja inicial. No obstante, al haber un alta voluntaria previa podrían denegarte la baja si el médico considera que tu empeoramiento se debe a imprudencia en tu solicitud de alta voluntaria, aunque esto seria un caso excepcional.
Hola
En el parte de baja de IT aparece un antiguo empleador y no el actual…el médico o el centro de atención primaria pueden cambiarlo y poner el actual o tengo que ir al INSS?
Gracias
Hola Leo, actualmente los partas son enviados directamente al empleador por el INSS. El parte de baja en papel no es necesario que se entregue. Pregunta a tu nueva empresa si lo ha recibido correctamente. En caso de que no lo haya recibido será la empresa y el INSS quienes deban coordinar sus datos en sus sistemas.
Buenas tardes !
Estoy de baja médica des del día 9 de agosto y la Asesoria de mi empresa se puso en contacto con migo porque dicen que no estoy dada de baja en la seguridad social y que eso puede ser un fallo del médico que me dio de baja . Dicen que ello no pueden hacer nada que eso es personal y que no voy a cobrar si no lo soluciono ! He vuelto a la médica de cave será y me dice que en el sistema no sale la empresa y volvieron a poner empresa no especificada ! Me dice que eso lo solucionen la accesoria o ir a la inspección médica para ver si ellos pueden hacer algo y que no debo estar para arriba y abajo sino reposando porque estoy con ciática ! La Asesoria insiste que ellos no pueden arreglarlo ! Que puedo hacer en este caso porfavor ?
Las bajas médicas se tramitan directamente por los médicos de la seguridad social. Pero si hay problemas con el alta en la empresa, entonces, debe ser solucionado por la empresa. Puedes comprobar tu alta en tu informe de vida laboral.
Hola,
El pasado 17 de julio me emitió mi médico de cabecera un parte de baja de 90 días en el que no aparecía fecha para parte de confirmación. Hasta que ayer no me llamaron de RRHH de mi empresa no sabía que tenía que ir y al acudir al médico de cabecera me ha hecho sólo un parte de confirmación 2 con fecha de hoy con fecha de confirmación dentro de 10 días pero se niega a hacerme un parte de confirmación 1 porque dice que tenía que haber pedido cita yo. ¿Cómo solucionar este problema ante la negativa de emitirme un primer parte?
Hola Mariana, en principio, al haber sido emitido un segundo parte de confirmación de la baja, no debe haber ningún problema ni con la Seguridad Social ni con la empresa ya que la baja inicial continúa. Pero es importante que acudas a cita médica en las fechas que te indiquen los partes como próxima revisión.
Hola estando de baja he trabajado un día antes de la fecha de alta, me puede cambiar la médica el día de alta adelantándolo dos días?
Hola Carmen, háblalo con tu médico de cabecera pues dicho cambio depende de muchos factores que con la información que me das no puedo valorar.
Buenas tardes. Quizás la duda sea algo absurda pero por si me lo podéis asegurar. Han emitido el parte de baja con una dirección distinta a la que pone en el DNI, entiendo que es un error del Médico que habrá usado un modelo de baja de otro paciente y se le ha pasado modificarlo. Tanto el DNI como el nombre viene correcto. Pueden poner problemas por el detalle de la dirección? No nos dimos cuenta hasta que llegamos a casa. Gracias de antemano
Hola Sandra, no es ningún problema a efectos de tu baja médica. No obstante, te recomiendo que cuando vuelvas preguntes al médico por la dirección que la Seguridad Social tiene comunicada porque es posible que no la tenga actualizada en su base de datos.
Hola, tengo una duda, estoy de baja por un esguince y ahora me he quedado embarazada y me encuentro fatal con náuseas y mareos, me dicen en la empresa que si me cambian el diagnóstico de la baja puedo cobrar el porrateo de las noches y festivos ya que constaría en inicio de la baja cuando me hice el esguince, pero que si me dan el alta y una nueva baja, al estar de baja el último mes no lo cobraría. Se puede cambiar el diagnóstico aunque no tenga nada que ver??
Hola María, el caso que describes es considerado como distinta patología que da lugar a un nuevo proceso. De todas formas, siempre hay que consultar estas circunstancias concretas con el médico al que corresponda dar las confirmaciones o altas.
Hola buenas, tengo una pequeña duda. El pasado 25 de septiembre me dió el medico de cabecera la confirmación de baja (15 días mas). Cuando tengo que ir a la revisión para el alta?, el mismo dia 9 de octubre (que sería el día 15 de la actual confirmación)? ó el dia 10 para alta en mano empezar a trabajar el 11?
Hola Juan, en el mismo parte de confirmación se indica la fecha de la siguiente revisión médica. Debes ir a revisión justo ese día que te indiquen.
Hola buenas, tengo una operación por privado el día 13 de octubre pero he conseguido cita con el médico de cabecera para que me dé la baja médica el día 19 de octubre, antes no hay citas, cuántos días hay para que te den la baja médica? Gracias.
Hola Laura, te recomiendo que acudas a urgencias de tu centro de salud para que te emitan la baja laboral a tiempo, siempre y cuando el médico de la Seguridad Social considere que la operación del día 13 es justificativa de una baja médica laboral.
Hola,
Estoy de baja medica por la ss desde mayo.
¿Puedo cambiar una cita con el especialista estando de baja? Tengo un examen el mismo dia…
Gracias
Hola Laura, puedes solicitar el cambio de cita y posiblemente te den otra pero no están obligados a ello.
Pese a llevarle a mi médico una carta de Psiquiatría por un cuadro de ansiedad/ depresión, el médico ha puesto en el parte:fiebre/malestar general [duración 1 semana], ante este despropósito he cambiado de médico Puede mi nuevo médico cambiar la causa de la baja y adaptar los días de baja a la nueva y real patología que padezco?muchas gracias
Hola Noelia, no creo que un médico pueda modificar o cambiar los partes de otro médico con efecto retroactivo. Si el nuevo médico te diagnostica otra patología distinta lo pondrá en un nuevo parte.
Hola buenas, tuve un accidente donde me rompí un dedo de la mano estuve desde el 24 de julio sin acudir al trabajo hasta el 5 de octubre. Y no sabía cómo era el procedimiento para pedir la baja laboral y estuve desde el 24 de julio sin pedir la baja para presentarle a la empresa. El 5 de octubre fui a la alza el médico de cabecera y me dijo que no había presentado la baja, entonces me dijo que fuera a la dirección General de inspección y ordenación sanitaria para presentar un informe
Hola Erick, no entiendo tu pregunta. No obstante, si tu médico te dijo que presentes informe a la Dirección General de Inspección, es precisamente eso lo que debes hacer.
Hola buenas, tuve un accidente donde me rompí un dedo de la mano estuve desde el 24 de julio sin acudir al trabajo hasta el 5 de octubre. Y no sabía cómo era el procedimiento para pedir la baja laboral y estuve desde el 24 de julio sin pedir la baja para presentarle a la empresa. El 5 de octubre fui a la alza el médico de cabecera y me dijo que no había presentado la baja, entonces me dijo que fuera a la dirección General de inspección y ordenación sanitaria para presentar un informe donde explicaba porque no acudi a pedri la baja. Ahora la empresa me pide la baja desde julio hasta octubre. El informe lo presente. Quisiera saber cuánto se tarda en darme una respuesta de la dirección General de inspección y ordenación sanitaria.
Hola Erick, ahora si que se ha recibido tu consulta entera. Te contesto: Aunque las leyes establecen distintos plazos para que el INSS emita resoluciones según la solicitudes que deba resolver (incapacidades, altas, etc.) en el caso de una consulta como la tuya el INSS puede resolver en cualquier momento, eso si, siempre esta obligado a resolver, con lo cual tendrás resolución.
Buenos días por favor aver si me podías decir con cuántos días de retraso se puede dar una baja médica gracias!que el informe de la ins por carta me a llegado solo el día de hoy y me a dado de alta el pasado 27/10 pero por error de ellos me a llegado solo hoy y tengo cita el dia17con mi médica me podía dar la baja con retraso gracias!
Hola Liliana, no existe un numero de días determinado por Ley, las bajas con efecto retroactivo legalmente no existen pero en ocasiones los médicos las dan cuando existen circunstancias que la justifican y siempre que sea posible. Estas circunstancias y su posibilidad debe valorarlas el médico de la Salud Publica que te atienda.