BONO COMERCIO ALICANTE 2023

Alicante ciudad lanza la campaña de otoño de los bonos comercio 2023 que se inicia el 25 de septiembre hasta el 25 de octubre.

Los consumidores podrán adquirir bonos a mitad de precio puesto que el resto está subvencionado, por lo que el consumidor solo pagará por el bono la mitad del importe adquirido hasta un máximo de 600 euros. Los bonos adquiridos se podrán canjear en los establecimientos adheridos al programa hasta el 25 de octubre.

Se podrá comprar bonos a partir del 28 y 29 de septiembre en la siguiente página web hasta agotar presupuesto:

https://www.bonocomercioalicante.es/informacion-consumidores

Para los mayores de 65 años la compra puede ser también de forma presencial para los días 25, 26 y 27 de septiembre, en el Mercado Central, en las oficinas del CERCA.

Los comercios de menos de 20 trabajadores cuya actividad se localice en el municipio de Alicante pueden solicitar su adhesión al programa registrándose en la siguiente página web:

https://www.bonocomercioalicante.es/informacion-establecimientos

En el momento de la venta, el establecimiento validará el bono en la aplicación web habilitada y descontará su importe a la compra a la que se aplique, conservando la copia del documento de venta.

Una vez descontados los bonos en las compras, el establecimiento presentará los documentos de venta ante Cámara Alicante quien, una vez verificados, procederá a abonarle mediante trasferencia el importe de los bonos canjeados correctamente. Los pagos se realizarán semanalmente.

Esperamos que la anterior información haya sido de su interés y recuerde que para cualquier aclaración puede ponerse en contacto con su Asesoría en Alicante.

AYUDAS PARA REDUCIR LA JORNADA A 4 DIAS O 32 HORAS SEMANALES

La Dirección General de Trabajo, Bienestar y Seguridad Laboral, ha convocado ayudas destinadas al establecimiento de incentivos a la reducción de la jornada laboral a cuatro días o treinta y dos horas semanales y a la mejora de la productividad en las empresas con centros de trabajo ubicados en la Comunitat Valenciana, que se corresponden con el primer año de aplicación de los proyectos subvencionables, para el ejercicio 2023.

El objeto de la subvención es la reducción de la jornada laboral ordinaria a tiempo completo que deberá consistir en una reducción mínima del 20% de la jornada en cómputo semanal, cuando la jornada ordinaria sea equivalente a cuarenta horas semanales. Si en el momento de solicitud de la ayuda la empresa tiene implantada una jornada en cómputo semanal inferior a las cuarenta horas, el compromiso empresarial será de reducción a treinta y dos horas semanales.

El importe de la ayuda será de 5.492,19 euros por cada persona trabajadora con contrato indefinido a tiempo completo incorporada al Plan de reducción de la jornada laboral.

El plazo para solicitar esta ayuda termina el 31 de mayo y el sistema de concesión será por concurrencia competitiva.

Esperamos que la anterior información haya sido de su interés y recuerde que para cualquier aclaración puede ponerse en contacto con su Asesoría en Alicante.

SUBVENCION A AUTONOMAS EMBARAZADAS O EN PROCESO DE ADOPCION. AÑO 2023

Hoy se abre el plazo para solicitar las subvenciones a la contratación de personas desempleadas que efectúen mujeres autónomas embarazadas o en proceso de adopción convocadas por LABORA para el ejercicio 2023 [RESOLUCIÓN de 28 de diciembre de 2022, del director general de LABORA Servicio Valenciano de Empleo y Formación, por la que se convocan para el ejercicio 2023 las subvenciones destinadas al Programa de apoyo al mantenimiento del trabajo autónomo de mujeres].

A continuación, indicamos los puntos más importantes de dicha Resolución:

Beneficiarios, condiciones y objeto:

Podrán ser beneficiarias de esta subvención las mujeres autónomas embarazadas o en proceso de adopción que contraten a personas desempleadas a fin de que puedan transferirles el conocimiento necesario que posibilite el mantenimiento de la actividad durante la baja maternal.

Cuantía:

El importe de la subvención ascenderá a:

a) En el caso de contratos temporales a jornada completa de al menos 3 meses de duración: 1.500 euros.

b) En el caso de contratos temporales a jornada completa de al menos 6 meses de duración: 3.500 euros.

Los importes anteriores se incrementarán en 500 euros si se contrata a una persona con diversidad funcional o a una mujer.

Los contratos a tiempo parcial de al menos 30 horas semanales resultarán subvencionables, con reducción proporcional de la cuantía de la ayuda.

Plazo de presentación de solicitudes:

El plazo de presentación de solicitudes se inicia hoy 8 de marzo y finalizará el 1 de septiembre de 2023. Con carácter adicional a este plazo general, las solicitudes deberán presentarse en el plazo de dos meses desde la contratación objeto de la subvención.

Esperamos que la anterior información haya sido de su interés y recuerde que para cualquier aclaración puede ponerse en contacto con su Asesoría en Alicante.

SUBVENCIONES A LA CONTRATACION 2023: COLECTIVOS VULNERABLES Y PERSONAS CON DIVERSIDAD FUNCIONAL SEVERA

Hoy se abre el plazo para solicitar las subvenciones de LABORA reguladas en las convocatorias del Programa de fomento de la contratación indefinida de determinados colectivos vulnerables y del Programa de fomento de la contratación temporal de personas con diversidad funcional severa, ambas en el ámbito territorial de la Comunidad Valenciana.

A continuación, indicamos los puntos más importantes de dicha Resolución:

SUBVENCION A LA CONTRATACION INDEFINIDA DE DETERMINADOS COLECTIVOS VULNERABLES.

Beneficiarios y objeto.

Empresas privadas y autónomos con centro de trabajo en la Comunidad Valenciana que contraten, con posterioridad al 1 de marzo de 2023, y mediante contrato indefinido inicial a jornada completa, a personas desempleadas pertenecientes a alguno de los siguientes colectivos:

a) Personas en situación o riesgo de exclusión social, acreditados por los Servicios Sociales.

b) Personas desempleadas de larga duración (al menos, 12 meses de inscripción).

c) Personas mayores de 50 años.

d) Personas con diversidad funcional.

e) Mujeres víctimas de violencia de género

f) Mujeres víctimas de violencia sexual

g) Mujeres víctimas de trata

h) Mujeres cabezas de familia monomarental

Estas personas deberán haber permanecido desempleadas e inscritas como demandantes de empleo hasta su contratación. No se entenderá cumplido este requisito si la inscripción se produce el día en que se inicia la relación laboral.

El contrato debe mantenerse al menos 24 meses.

Cuantía

El importe de la subvención será el resultado de multiplicar el 90% del Salario Mínimo Interprofesional (incrementado en la parte proporcional de la paga extra) por los 24 meses de mantenimiento del contrato.

Si en la persona contratada concurre adicionalmente la condición de mujer o de persona con diversidad funcional, el porcentaje se elevará al 95%. Si concurre la de víctima de violencia sobre la mujer o la de persona con diversidad funcional severa, el porcentaje se elevará al 100%.

Plazo de presentación de solicitudes

El plazo para la presentación de solicitudes se inicia hoy día 2 de marzo de 2023. Las solicitudes deberán presentarse en el plazo de dos meses desde la contratación objeto de la subvención, sin que en ningún caso puedan presentarse después del 31 de mayo de 2023.

SUBVENCION A LA CONTRATACION TEMPORAL DE PERSONAS CON DIVERSIDAD FUNCIONAL SEVERA.

Beneficiarios y objeto.

Empresas privadas y autónomos con centro de trabajo en la Comunidad Valenciana que contraten, con posterioridad al 1 de marzo de 2023, y mediante contrato temporal por periodo de entre 3 a 12 meses, a personas desempleadas con diversidad funcional severa.

Se entiende así a las personas con un grado de discapacidad intelectual o enfermedad mental reconocido igual o superior al 33 % o con un grado de discapacidad física o sensorial reconocido igual o superior al 65 %. Se entenderá acreditada una discapacidad intelectual o enfermedad mental igual o superior al 33 % en los casos de incapacidad permanente total o absoluta en que concurra una discapacidad de carácter psíquico o enfermedad mental y en los casos de pluridiscapacidad psíquica y física o sensorial igual o superior al 33 %, así como en el caso de personas con enfermedad o trastorno mental diagnosticado por los Centros Públicos de salud mental.

Estas personas deberán haber permanecido desempleadas e inscritas como demandantes de empleo hasta su contratación. No se entenderá cumplido este requisito si la inscripción se produce el día en que se inicia la relación laboral.

Cuantía

El importe de la subvención será el resultado de multiplicar el 85 % (el 75 % en el caso de los contratos para la formación y el aprendizaje) del Salario Mínimo Interprofesional (incrementado en la parte proporcional de la paga extra) por el número mínimo de meses de mantenimiento de su contrato.

Los contratos a tiempo parcial de al menos 15 horas semanales resultarán subvencionables con reducción proporcional de la subvención. N son subvencionables los contratos con jornada inferior a 15 horas semanales.

Plazo de presentación de solicitudes

El plazo para la presentación de solicitudes se inicia hoy día 2 de marzo de 2023. Las solicitudes deberán presentarse en el plazo de dos meses desde la contratación objeto de la subvención, sin que en ningún caso puedan presentarse después del 1 de septiembre de 2023.

Esperamos que la anterior información haya sido de su interés y recuerde que para cualquier aclaración puede ponerse en contacto con su Asesoría en Alicante.

SUBVENCION A LA CONTRATACION DE JOVENES CUALIFICADOS 2023 (AVALEM JOVES)

Hoy se abre la convocatoria para solicitar las subvenciones convocadas por LABORA para la contratación indefinida de personas jóvenes cualificadas, dentro del Programa AVALEM JOVES, en el marco del Sistema Nacional de Garantía Juvenil.

Beneficiarios y condiciones.

Podrán ser beneficiarias de estas ayudas empresas privadas y autónomos con centro de trabajo en la Comunidad Valenciana, que contrate a partir de hoy y mediante un contrato indefinido inicial a jornada completa, a personas jóvenes (entre 16 y 29 años) que cuenten con una cualificación profesional reconocida por el sistema de formación profesional para el empleo o del sistema educativo y figuren inscritas como beneficiarias en el fichero del Sistema Nacional de Garantía Juvenil en el ámbito territorial de la Comunitat Valenciana.

Se entenderá que la persona joven cuenta con una cualificación profesional cuando se encuentre en posesión de alguna de las siguientes titulaciones:

a) Licenciatura o Diplomatura universitaria, Ingeniería Superior o Técnica, Arquitectura o Arquitectura Técnica.

b) Grado universitario.

c) Estudios de Postgrado universitario.

d) Doctorado.

e) Técnico o Técnico Superior de Formación Profesional Reglada, de la formación profesional específica.

f) Otras titulaciones oficialmente reconocidas como equivalentes a las anteriores, sin que tengan tal consideración los títulos de Educación Secundaria Obligatoria, Bachillerato ni Formación Profesional Básica.

g) Certificado de profesionalidad.

Cuantía.

El importe de la subvención será el resultado de multiplicar el 90% del salario mínimo interprofesional (incrementado en la parte proporcional de la paga extra) vigente en el momento de la contratación por el número mínimo de meses de mantenimiento del contrato (24 meses).

Si en la persona contratada concurre adicionalmente la condición de mujer o de persona con diversidad funcional, el porcentaje anterior se elevará al 95%. Si se trata de una persona con diversidad funcional severa; de una persona joven que se encuentre bajo la guarda o la tutela de la Generalitat, o cumpliendo una medida judicial derivada de la responsabilidad penal de personas menores de edad, o que haya permanecido en alguna de estas dos situaciones, en algún período, durante los tres años anteriores a la mayoría de edad; o de una joven mujer víctima de la violencia sobre la mujer, el porcentaje establecido se elevará al 100%.

Condiciones de la contratación.

La contratación deberá representar un incremento neto de la plantilla en comparación con la plantilla media en situación de alta en los treinta días naturales anteriores a la celebración del contrato.

Deberá existir una correspondencia entre la titulación de la persona joven y el puesto de trabajo desempeñado, que deberá tener una adecuación al nivel de estudios cursados y al grupo de cotización que corresponda a este nivel.

Plazo de presentación de solicitudes.

Las solicitudes deberán presentarse en el plazo de dos meses desde la contratación objeto de la subvención, sin que en ningún caso puedan presentarse después del 31 de mayo de 2023.

Esperamos que la anterior información haya sido de su interés y recuerde que para cualquier aclaración puede ponerse en contacto con su Asesoría en Alicante.

AYUDAS A LOS SECTORES COMERCIO Y ARTESANIA DE LA COMUNIDAD VALENCIANA. AYUDAS AVALEM 2023

Se han abierto los plazos para solicitar las ayudas AVALEM al sector Comercio y Artesanía de la Comunidad valenciana. En concreto, para los autónomos y empresas de dichos sectores las acciones subvencionables y cuantías de la ayuda son las siguientes:

  1. Ayudas EMPRENDEMOS COMERCIO:

Se considerarán susceptibles de recibir apoyo los gastos corrientes derivados del mantenimiento de un establecimiento comercial con nueva titularidad o de la implantación de una actividad comercial en un local en el que, con anterioridad, haya desarrollado actividad económica, desde el 1 de enero de 2023 hasta el 30 de septiembre de 2023. El establecimiento debe estar situado en la Comunidad Valenciana.

Las acciones objeto de la ayuda son:

– Estudios de viabilidad y factibilidad comercial, distribución, iluminación, ahorro energético y diseño del establecimiento.

– Gastos de gestoría, notaría y registros necesarios para la constitución de la empresa o para el inicio de la actividad en el establecimiento comercial y, además, en su caso, online.

– Gastos de alquiler de local devengados hasta el 30 de septiembre del ejercicio en que se convoque la ayuda.

La ayuda que se concederá por establecimiento será de hasta el 50%, con el límite de 10.000 euros, sin que en concepto de alquiler se superen los 5.000 euros de subvención.

El plazo de presentación de solicitudes será desde el día 11 de enero 2023 hasta el día 3 de febrero de 2023, ambos inclusive. 

2. Ayudas AVALAMOS ARTESANIA:

El objeto de estas ayudas es incrementar la competitividad, la innovación y la calidad en las pymes artesanas y sus productos.

Los gastos susceptibles de obtener financiación por estas ayudas son los siguientes:

– Participación como expositora en certámenes feriales, incluidos los realizados fuera de la Comunitat Valenciana, de carácter predominantemente artesano. Se considerarán susceptibles de recibir soporte los gastos de alquiler de espacio y stand, así como los de montaje, desmontaje, decoración y rotulación del mismo.

– Gastos derivados de la protección del producto, diseño o marca así como los de incorporación de diseño en la definición y ejecución del producto.

– Confección y edición de catálogos de producto, en cualquier soporte, incluido el coste del alojamiento en la web, en su caso.

– Acciones de promoción de producto.

– Asistencia a cursos especializados de formación en diseño, calidad y especialización en su oficio, según su actividad artesana, organizado por entidades formativas, independientemente del lugar en el que se realicen. Se consideran susceptibles de recibir soporte únicamente los gastos de matrícula y otros conceptos generados por la entidad organizadora.

Se consideran susceptibles de apoyo las actuaciones realizadas desde el 1 de enero de 2023 hasta el 31 de octubre de 2023. Únicamente en el supuesto de asistencia y realización de certámenes o manifestaciones feriales, el plazo de las actuaciones susceptibles de apoyo se prolongará hasta el 19 de noviembre 2023. Y, excepcionalmente, podrá realizarse hasta el 10 de diciembre 2023, siempre que quede justificado por el carácter sectorial específico o por celebrarse fuera del territorio nacional.

La ayuda que se concederá por solicitante será de hasta el 50%, con el límite de 5.000,00 euros. En caso de que la persona artesana participe y solicite apoyo para hacerlo en un certamen fuera del territorio español, este límite será de 7.500 euros.

El plazo de presentación de solicitudes será desde el día 11 de enero de 2023 hasta el día 3 de febrero de 2023, ambos inclusive. 

Esperamos que la anterior información haya sido de su interés y recuerde que para cualquier aclaración puede ponerse en contacto con su Asesoría en Alicante.

AYUDAS DE 300 EUROS PARA AUTONOMOS AFECTADOS POR EL INCREMENTO DE COSTES ENERGETICOS DERIVADOS DE LA INVASION DE UCRANIA

En el D.O.G.V. de hoy día 12 de julio de 2022 se ha publicado el DECRETO 92/2022, por el que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas directas de apoyo a las personas trabajadoras autónomas, inscritas como tales en el Régimen Especial de Autónomos, que desarrollan su actividad en los subsectores que se han visto especialmente afectados por el incremento de los costes energéticos derivados de la invasión de Ucrania por parte de Rusia.

Los beneficiarios de esta ayuda son personas físicas (autónomos) que reúnan los siguientes requisitos:

a) Estar dadas de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos, desde el 24 de febrero de 2022 hasta la fecha de publicación de la convocatoria.

b) Encontrarse en algún epígrafe del IAE relacionados en el anexo del Decreto.

c) Tener su domicilio fiscal en la Comunidad Valenciana.

d) Que las personas solicitantes se hayan visto afectadas económicamente por el incremento de los costes energéticos derivados de la invasión de Ucrania por parte de Rusia al menos por un importe igual o superior a 300 euros.

Se considerarán gastos subvencionables el incremento de los costes energéticos que hayan soportado el autónomo durante el periodo de febrero a junio de 2022, con relación al mismo periodo en 2021, y cuya cantidad debe ser superior a 300 euros.

La cuantía de la ayuda ascenderá a 300 euros por autónomo.

Las solicitudes de ayuda se tramitarán y resolverán por estricto orden de entrada, previa comprobación del cumplimiento de los requisitos y hasta el límite del crédito presupuestario establecido en este decreto.

El plazo de presentación de solicitudes se iniciará a las 09.00 horas del día 15 de julio de 2022 y finalizará a las 23:59 del día 22 de julio de 2022.

Adjuntaos el enlace de la publicación para conocer los epígrafes del IAE beneficiarios: https://dogv.gva.es/datos/2022/07/12/pdf/2022_6579.pdf

Esperamos que la anterior información haya sido de su interés y recuerde que para cualquier aclaración puede ponerse en contacto con su Asesoría en Alicante.

AYUDA DE 200 EUROS PARA AUTONOMOS, TRABAJADORES Y DESEMPLEADOS

En el B.O.E. del día 26 de junio de 2022 se ha publicado el Real Decreto-ley 11/2022, de 25 de junio, por el que se adoptan y se prorrogan determinadas medidas para responder a las consecuencias económicas y sociales de la guerra en Ucrania, para hacer frente a situaciones de vulnerabilidad social y económica, y para la recuperación económica y social de la isla de La Palma.

Su artículo 31 aprueba una línea de ayudas para autónomos, trabajadores y desempleados de bajo nivel de ingresos, esto es, que en 2021 hubieren percibido ingresos inferiores a 14.000 euros anuales y tuvieran un patrimonio inferior a 43.196,40 euros anuales, todo ello computado de forma conjunta con las personas que residan con el beneficiario en un mismo domicilio.

La ayuda es un pago único de 200 euros.

La solicitud debe presentarse a través de la Sede Electrónica de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria hasta el 30 de septiembre.

Esperamos que la anterior información haya sido de su interés y recuerde que para cualquier aclaración puede ponerse en contacto con su Asesoría en Alicante.

SUBVENCIONES A LA CONTRATACION DE COLECTIVOS DESFAVORECIDOS

El D.O.G.V. de hoy día 16 de junio de 2022 ha publicado el Extracto de la Resolución de 7 de junio de 2022, del director general de LABORA Servicio Valenciano de Empleo y Formación, por la que se convoca para el ejercicio 2022 el Programa de fomento de empleo para la contratación de personas desempleadas pertenecientes a colectivos desfavorecidos

A continuación, indicamos los puntos más importantes de dicha Resolución:

Beneficiarios y objeto.

Podrán ser beneficiarias de estas subvenciones las empresas con centro de trabajo en la Comunitat Valenciana, que contraten o haya contratado a partir del 1 de enero de 2022 y a jornada completa, durante al menos 24 meses, a personas desempleadas pertenecientes a los siguientes colectivos desfavorecidos:

1. Personas trabajadoras desfavorecidas:

a) Personas que no hayan tenido un contrato indefinido o fijo discontinuo en los 6 meses previos.

b) Jóvenes entre 16 y 24 años.

c) Personas mayores de 50 años.

2. Personas trabajadoras muy desfavorecidas:

a) Personas que no hayan tenido un contrato indefinido o fijo discontinuo en los 24 meses previos.

b) Jóvenes entre 16 y 24 años

c) Personas mayores de 50 años que no hayan tenido un contrato indefinido o fijo discontinuo en los 12 meses previos.

Estas personas deberán haber permanecido desempleadas e inscritas como demandantes de empleo en LABORA hasta su contratación. No se entenderá cumplido este requisito si la inscripción se produce el día en que se inicia la relación laboral.

Se debe incluir, al menos, 20 contratos subvencionables y la contratación deberá representar un incremento neto de la plantilla en comparación con la plantilla media de los 12 meses anteriores

Cuantía

El importe de la subvención ascenderá a:

a) En el caso de personas desfavorecidas: 6.300 euros; si concurre adicionalmente la condición de mujer o diversidad funcional, 7.000 euros.

b) En el caso de personas muy desfavorecidas: 12.600 euros; si concurre adicionalmente la condición de mujer o diversidad funcional, 14.000 euros.

Plazo de presentación de solicitudes

El plazo para la presentación de solicitudes finaliza el 20 de septiembre de 2022.

Esperamos que la anterior información haya sido de su interés y recuerde que para cualquier aclaración puede ponerse en contacto con su Asesoría en Alicante.

AYUDAS PARA FINANCIAR COSTES FIJOS RETA

Se ha publicado en el D.O.G.V. el Extracto de Resolución por la que se convocan ayudas para financiar los costes fijos de inclusión en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA), de las personas trabajadoras autónomas empadronadas en un municipio de la Comunitat Valenciana con población inferior a 5.000 habitantes, dentro del Programa de fomento del trabajo autónomo en la Comunitat Valenciana, para el ejercicio 2022.

A continuación, indicamos los puntos más importantes de dicha Resolución:

Objeto de la ayuda:

El objeto es convocar para el ejercicio 2022, en régimen de concurrencia competitiva, ayudas para financiar los costes fijos de inclusión en el RETA, de las personas autónomas empadronadas en un municipio de la Comunitat Valenciana con población inferior a 5.000 habitantes que, dentro del año 2022, hayan cotizado o estén en condiciones de cotizar al menos tres años y hasta un máximo de cinco años ininterrumpidamente.

Cuantía

La cuantía de la subvención será:

  • 3.000,00 euros en los supuestos de:

– Mujeres víctimas de violencia de género.

– Personas con un grado de discapacidad reconocido igual o superior al 33 %.

– Personas víctimas del terrorismo.

– Personas con 48 o más años de edad.

  • 2.800,00 euros en el caso de mujeres no comprendidas en los anteriores apartados.
  • 2.600,00 euros en el caso de hombres no comprendidos en los anteriores apartados.

Plazo de presentación de solicitudes

El plazo de presentación de solicitudes será hasta el 6 de mayo de 2022.

Esperamos que la anterior información haya sido de su interés y recuerde que para cualquier aclaración puede ponerse en contacto con su Asesoría en Alicante.