En el
DOGV de fecha 28 de diciembre de 2018 se ha publicado el Extracto de la ORDEN
22/2018, de 22 de noviembre, de la Conselleria de Economía Sostenible, Sectores
Productivos, Comercio y Trabajo, por la que se aprueban las bases reguladoras
para la concesión de subvenciones en materia de comercio, consumo y artesanía, que
efectúa la convocatoria anticipada para el ejercicio 2019 de dichas ayudas.
Estas
ayudas tienen por objeto incrementar la competitividad, la innovación y la
calidad, para el ejercicio 2019, en las pymes comerciales y artesanas que
ejerzan la actividad comercial en la Comunitat Valenciana a través de varios
programas:
- Ayudas EMPRENEM COMERÇ a la pyme comercial (CMIAPY).
- Ayudas AVALEM COMERÇ a la pyme comercial (CMMOPY).
- Ayudas AVALEM COMERÇ RURAL a la pyme comercial
(municipios de menos de 1000 habitantes) (CMRUPY).
- Ayudas AVALEM ARTESANIA a pymes (CMAPY4).
- Ayudas AVALEM MERCATS, a mercados de venta no
sedentaria (CMSEPY).
1.- Ayudas EMPRENEM COMERÇ a la pyme
comercial (CMIAPY).
Objeto
Se
considerarán susceptibles de apoyo los gastos corrientes derivados del
mantenimiento de un establecimiento comercial con nueva titularidad o de la
implantación de una actividad comercial en un local en el que, con
anterioridad, se haya desarrollado actividad económica. El establecimiento
deberá estar ubicado en la Comunitat Valenciana y, en su caso, abrirse al
público entre el 1 de febrero y el 30 de septiembre del ejercicio en que se
convoque la ayuda.
Beneficiarios.
Podrán
beneficiarse las personas físicas y las sociedades mercantiles y asimiladas
calificadas como pyme o micropymes (excluidas las que realicen actividad de
reparación o mantenimiento):
- Que no sean agrupaciones de personas físicas o
jurídicas, públicas o privadas, sociedades civiles, comunidades de bienes, o
cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado sin personalidad
jurídica propia.
- Que ejerzan o vayan a ejercer la actividad
comercial en la Comunitat Valenciana, en alguna de las siguientes según:
CNAE-2009: Sección G, División 47, excepto
los grupos y clases 4726, 473, 4773, 478 y 479.
IAE: Sección Primera, División 6, Agrupaciones:
Agrupación 64 excepto el grupo 646 y el epígrafe 647.5 y Agrupación 65 excepto
el epígrafe 652.1 y los grupos 654 y 655.
Cuantía de la ayuda.
La
ayuda a conceder por establecimiento será de hasta el 50% con el límite de 10.000
euros, sin que en concepto de alquiler se superen los 5.000 euros de
subvención.
Se considerarán subvencionables los
gastos en:
–
Estudios de viabilidad y factibilidad comercial, distribución, iluminación,
ahorro energético y diseño del establecimiento.
–
Gastos de gestoría, notaría y registros necesarios para la constitución de la
empresa o para el inicio de la actividad en el establecimiento comercial y
además, en su caso, online.
–
Gastos de alquiler de local devengados hasta el 30 de septiembre del ejercicio
en que se convoque la ayuda.
2.- Ayudas AVALEM COMERÇ a la pyme
comercial (CMMOPY).
Objeto
Se
considerarán susceptibles de apoyo las inversiones en equipamiento para el
establecimiento comercial y la implantación de la venta online segura o su
integración en una plataforma en línea de comercio electrónico. En estos casos
se considerarán apoyables las aplicaciones informáticas y los gastos derivados
de la creación de una página web, siempre que esté vinculada al
establecimiento. Se consideran apoyables las actuaciones realizadas desde el 1
de enero hasta el 31 de octubre de 2019.
Beneficiarios.
Podrán
beneficiarse las personas físicas y las sociedades mercantiles y asimiladas
calificadas como pymes o micropymes (excluidas las que realicen actividad de
reparación o mantenimiento):
- Que no sean agrupaciones de personas físicas o
jurídicas, públicas o privadas, sociedades civiles, comunidades de bienes, o
cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado sin personalidad
jurídica propia.
- Que ejerzan o vayan a ejercer la actividad
comercial en la Comunitat Valenciana, en alguna de las actividades, según:
CNAE-2009: Sección G, División 47, excepto
los grupos y clases 4726, 473, 4773, 478 y 479.
IAE: Sección Primera División 6,
Agrupaciones: Agrupación 64 excepto el grupo 646 y el epígrafe 647.5 y Agrupación
65 excepto el epígrafe 652.1 y los grupos 654 y 655.
Cuantía de la ayuda.
La
inversión aprobada no podrá ser inferior a 3.000 euros y la ayuda será de hasta
el 50% con el límite de 20.000 euros por solicitante, en cada establecimiento,
y en un periodo de 3 años.
3.- Ayudas AVALEM COMERÇ RURAL a la
pyme comercial (municipios de menos de 1000 habitantes) (CMRUPY).
Objeto.
Se
considerarán subvencionables las inversiones en equipamiento para el
establecimiento comercial, incluyendo las aplicaciones informáticas y los
gastos derivados de la creación de una página web, vinculada al
establecimiento, si su fin es implantar la venta online segura o su integración
en una plataforma en línea de comercio electrónico, en los establecimientos
ubicados, o a implantar, en los municipios de menos de 1000 habitantes de la
Comunitat Valenciana. Estos establecimientos podrán estar ubicados en espacios
multiservicio de propiedad pública o privada. Se consideran apoyables las
actuaciones realizadas desde el 1 de enero hasta el 31 de octubre de 2019.
Beneficiarios.
Podrán
beneficiarse las personas físicas y las sociedades mercantiles y asimiladas calificadas
como pymes o micropymes (excluidas las que realicen actividad de reparación o
mantenimiento):
- Que no sean agrupaciones de personas físicas o
jurídicas, públicas o privadas, sociedades civiles, comunidades de bienes, o
cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado sin personalidad
jurídica propia.
- Que ejerzan o vayan a ejercer la actividad
comercial en la Comunitat Valenciana, en alguna de las actividades, según:
– CNAE-2009: Sección G, División 47,
excepto los grupos y clases 4726, 473, 4773, 478 y 479.
– IAE: Sección Primera División 6, Agrupaciones: Agrupación 64 excepto el grupo
646 y el epígrafe 647.5 y Agrupación 65 excepto el epígrafe 652.1 y los grupos
654 y 655.
Cuantía de la ayuda.
La
subvención podrá alcanzar el 60% con el límite, por solicitante, de 20.000
euros en 3 años.
4.- Ayudas AVALEM ARTESANIA a
pymes (CMAPY4). Artesanía.
Objeto.
Los
gastos susceptibles de obtener financiación por estas ayudas son los
siguientes:
- Participación como expositora en certámenes
feriales, incluidos los realizados fuera de la Comunitat Valenciana, de
carácter predominantemente artesano. Se considerarán susceptibles de recibir
apoyo los gastos de alquiler de espacio y stand, así como los de montaje,
desmontaje, decoración y rotulación del mismo.
- Gastos derivados de la protección del producto,
diseño o marca así como los de incorporación de diseño en la definición y
ejecución del producto.
- Confección y edición de catálogos de producto,
en cualquier soporte, incluido el coste del alojamiento en la web, en su caso.
- Acciones de promoción de producto, a través de
cualquier medio promocional.
- Asistencia a cursos especializados de formación
en diseño, calidad y especialización en su oficio, según su actividad artesana,
organizado por entidades formativas, independientemente del lugar en que se
realicen. Se consideran susceptibles de recibir apoyo únicamente los gastos de
matrícula y otros conceptos generados por la entidad organizadora.
Se
consideran apoyables las actuaciones realizadas desde el 1 de enero al 31 de
octubre de 2019, que se prolongara para determinadas circunstancias hasta el 24
de noviembre y el 15 de diciembre de 2019, según el caso.
Beneficiarios.
Podrán
beneficiarse las personas físicas y las sociedades mercantiles y asimiladas
calificadas como pymes o micropymes (excluidas las que realicen actividad de
reparación o mantenimiento):
- Que no sean agrupaciones de personas físicas o
jurídicas, públicas o privadas, sociedades civiles, comunidades de bienes, o
cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado sin personalidad
jurídica propia.
- Que estén en posesión del documento de
calificación artesana (DCA) debidamente actualizado y expedido por la
Generalitat o documento equivalente emitido por una Administración Pública que
acredite su condición de artesana.
Cuantía de la ayuda.
La
ayuda a conceder por solicitante será de hasta el 50% con el límite de 5.000,00
euros. En el caso de en que la persona artesana participe, y solicite apoyo
para ello, en un certamen fuera del territorio español este límite será de 7500
euros.
5.- Ayudas AVALEM MERCATS, a mercados de
venta no sedentaria (CMSEPY).
Objeto.
Se
considerarán susceptibles de recibir apoyo, para la venta en mercados de venta
no sedentaria si disponen de autorización municipal para ello, las inversiones
en la adaptación de vehículos de transporte como tienda, o en la instalación de
equipo de frío para el transporte y la venta de productos de alimentación,
cumpliendo en este caso con la normativa vigente en materia. Se consideran
apoyables las actuaciones realizadas desde el 1 de enero hasta el 31 de octubre
de 2019.
Beneficiarios.
Podrán
beneficiarse las personas físicas y las sociedades mercantiles y asimiladas
calificadas como pymes o micropymes (excluidas las que realicen actividad de
reparación o mantenimiento):
- Que no sean agrupaciones de personas físicas o
jurídicas, públicas o privadas, sociedades civiles, comunidades de bienes, o
cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado sin personalidad
jurídica propia.
- Que siendo micropymes ejerzan la actividad
comercial en la Comunitat Valenciana en el grupo 478 del CNAE o en el grupo 663
del IAE.
Cuantía de la ayuda.
La
inversión aprobada no podrá ser inferior a 1.000 euros y la ayuda será de hasta
el 50% con el límite de 5.000 euros por beneficiaria en un plazo de 5 años.
El plazo de presentación para todas las ayudas referidas anteriormente será hasta el día 4 de febrero de 2019.
Pueden
obtener más información en la página web de la Cámara Oficial de Comercio,
Industria, Servicios y Navegación de Alicante:
https://www.camaralicante.com/comercio/ayudas-y-subvenciones/
Esperamos que la presente información haya sido de su
interés, y recuerden que, para ampliar información sobre lo anterior también pueden
ponerse en contacto con nosotros, su Asesoría en Alicante.
AFL Consulting Services
Telf. 966 308 630
info@aflconsulting.es