SUBVENCIÓN CONTRATACIÓN INDEFINIDA Y EN PRACTICAS DE JÓVENES CUALIFICAD@S

En el DOGV de fecha 24 y 27 de julio de 2018 se ha publicado los extractos de las Resoluciones del director general del Servicio Valenciano de Empleo y Formación, por la que se convocan para el ejercicio 2018 el Programa de fomento de la contratación indefinida y en prácticas de personas jóvenes cualificadas (AVALEM JOVES), en el marco del Sistema Nacional de Garantía Juvenil.

A continuación indicamos los puntos más importantes de dichos extractos:

Beneficiarios y condiciones.

Empresas privadas, incluidas las personas autónomas, con centro de trabajo en la Comunitat Valenciana, que contraten, mediante un contrato indefinido o en prácticas de al menos 12 meses de duración, ambos a jornada completa, a personas jóvenes que cuenten con una cualificación profesional reconocida por el sistema de formación profesional para el empleo o del sistema educativo y figuren inscritas como beneficiarias en el fichero del Sistema Nacional de Garantía Juvenil en el ámbito territorial de la Comunitat Valenciana.

Cuantía.

Contratación indefinida:

La cuantía de la subvención ascenderá a 18.544,68 euros. Si en la persona contratada concurre adicionalmente la condición de mujer o de persona con diversidad funcional, el importe ascenderá a 19.574,94 euros, y si se trata de una persona con diversidad funcional severa, o de personas jóvenes que se encuentren bajo la guarda o la tutela de la Generalitat, o cumpliendo una medida judicial derivada de la responsabilidad penal de personas menores de edad, o que haya permanecido en alguna de estas dos situaciones, en algún período, durante los tres años anteriores a la mayoría de edad; o de jóvenes mujeres víctimas de la violencia sobre la mujer, el importe ascenderá a 20.605,20 euros.

Contratación en Prácticas:

La cuantía de la subvención ascenderá a 8.242,08 euros. Si en la persona contratada concurre adicionalmente la condición de mujer o de persona con diversidad funcional, el importe ascenderá a 8.757,21 euros, y si se trata de una persona con diversidad funcional severa, o de personas jóvenes que se encuentren bajo la guarda o la tutela de la Generalitat, o cumpliendo una medida judicial derivada de la responsabilidad penal de personas menores de edad, o que haya permanecido en alguna de estas dos situaciones, en algún período, durante los tres años anteriores a la mayoría de edad; o de jóvenes mujeres víctimas de la violencia sobre la mujer, el importe ascenderá a 9.272,34 euros.

Plazo de presentación de solicitudes.

El plazo para la presentación de solicitudes finalizará el 31 de octubre de 2018.

 

Esperamos que la presente información haya sido de su interés, y recuerden que, para ampliar información sobre lo anterior también pueden ponerse en contacto con nosotros, su Asesoría en Alicante.

 

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PRESUPUESTOS GENERALES DEL ESTADO 2018. MEDIDAS PARA AUTÓNOMOS

Aprobada y publicada (BOE 04/07/2018), por fin, la Ley de Presupuestos Generales del Estado para este año 2018, aquí les traemos las principales medidas para los trabajadores autónomos que incluye la misma y que serán de aplicación próximamente:

Aumento en un 1,4% de la bases de cotización del autónomo.

Este incremento consolida una base de cotización mínima de 932,78 euros, frente a los 919,80 euros hasta ahora, lo que supone que la mayoría de los autónomos (con base mínima) pasarán de pagar 275 euros de cuota a pagar unos 279 euros en concepto de cuota, casi 4 euros más al mes.

No obstante, no aumenta las bases de cotización de los autónomos societarios: No hay subida para los autónomos societarios, los cuales ya vieron incrementada su cuota tras la aprobación, el año pasado, de la Ley de Reformas Urgentes del Trabajo Autónomo, por lo que su cuota mínima se mantiene en los 357 euros para las bases mínimas de 1.198,08 euros.

Incremento de las pensiones.

Las pensiones aumentan un 0,25%, aunque algunas contemplan subidas más importantes:

  • 3% de incremento en las pensiones mínimas y no contributivas
  • 2% para las pensiones de viudedad
  • Entre un 1% y un 1.5% para pensiones por debajo de 12.040 euros anuales

Ampliación del permiso de paternidad.

El permiso de paternidad se amplía una semana más, de cuatro a cinco, para todos los trabajadores. 

A ello hay que añadir todas las reformas, ya todas en vigor desde el 1 de enero de 2018, introducidas por la Ley de Reforma del Trabajo Autónomo, la cual fue objeto de un artículo en este mismo blog el día 25 de octubre de 2017, cuyo enlace es el siguiente:  

MEDIDAS DE LA NUEVA LEY DE REFORMAS URGENTES DEL TRABAJO AUTÓNOMO

Por último, indicar que la LPGE 2018 incorpora, además, nuevas deducciones fiscales, que serán objeto de otro artículo en nuestro blog próximamente.

Esperamos que la presente información haya sido de su interés, y recuerden que, para ampliar información sobre lo anterior pueden ponerse en contacto con nosotros, su Asesoría en Alicante.

 

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1 DE JULIO DE 2018: ADIÓS A LA GRATUIDAD DE LAS BOLSAS DE PLÁSTICO

El 26 de marzo de 2018 publicamos en nuestro blog un artículo relativo a la obligación de cobrar las bolsas de plástico en todos los comercios de España.

Pueden visualizarlo en el enlace siguiente: http://aflconsulting.es/blog/858-2/

En dicho artículo indicábamos que esta obligación todavía no tenía fecha de entrada en vigor, pues estaba pendiente de la aprobación del Real Decreto regulador de esta obligación impuesta por normativa Europea.

Es el 19 de mayo cuando se publica definitivamente el Real Decreto sobre reducción del consumo de bolsas de plástico, que impone esta obligación de cobrar las bolsas de plástico, fijando como fecha la del 1 de julio de 2018. Por lo tanto, a partir de esta fecha ya es obligatorio que los comercios cobren por cualquier bolsa de plástico que entreguen al consumidor, por pequeña que sea.

Su precio, aunque no impuesto, sí que se marca orientativo en el Real Decreto, siendo el siguiente:

  • Bolsas de espesor inferior a 15 micras destinadas a usos diferentes a los enumerados en la definición de bolsas muy ligeras del artículo 3 d): 5 céntimos de euro/bolsa.

[Art. 3.d): «bolsas de plástico muy ligeras»: bolsas de plástico con un espesor inferior a 15 micras, que son necesarias por razones de higiene, o que se suministran como envase primario para alimentos a granel, como fruta, legumbre, carne, pescado, entre otros, cuando su uso contribuye a prevenir el desperdicio de estos alimentos].

  • Bolsas de espesor comprendido entre las 15 y las 49 micras: 15 céntimos de euro/bolsa.
  • Bolsas de espesor igual o superior a las 50 micras: 15 céntimos de euro/bolsa.
  • Bolsas de espesor igual o superior a 50 micras, con contenido igual o superior a 50% de plástico reciclado pero inferior al 70%: 10 céntimos de euros/ bolsa.

De lo anterior se exceptúan las bolsas de plástico muy ligeras y las bolsas de plástico con espesor igual o superior a 50 micras con un porcentaje igual o mayor al 70% de plástico reciclado, siempre que se disponga de la documentación proporcionada por el fabricante que acredite dicho porcentaje.

Los comerciantes informarán a los consumidores de los precios establecidos, exponiéndolos al público en un lugar visible.

No obstante, este Real Decreto va más allá en la protección del medio ambiente pues a partir del 1 de enero de 2020 prohíbe la entrega a los consumidores de bolsas de plástico fragmentables y las bolsas de plástico de espesor igual o superior a 50 micras contendrán un porcentaje mínimo del 50 % de plástico reciclado. Y a partir del 1 de enero de 2021 se prohíbe la entrega de bolsas de plástico ligeras y muy ligeras al consumidor en los puntos de venta de bienes o productos, excepto si son de plástico compostable.

 

Esperamos que la presente información haya sido de su interés, y recuerden que, para ampliar información sobre lo anterior también pueden ponerse en contacto con nosotros, su Asesoría en Alicante

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