FERIA DE ARTESANIA EN PLAYA MUCHAVISTA- EL CAMPELLO

La Cámara Oficial de Comercio, Industria, Servicios y Navegación de Alicante, en colaboración con el Excmo. Ayuntamiento de El Campello,  organiza la primera edición de la  Feria de Artesanía de Verano.

La Feria se instalará en la Playa de Muchavista, en el paseo marítimo, Avda. Jaume I, junto a la Oficina de Información y Turismo, del 3 de Julio al 9 de Septiembre de 2018.

Las casetas tendrán unas dimensiones de 3 m fachada x 3 m de fondo, con sistema de cierre con persiana de aluminio. Se entregarán con mobiliario y decoración interior y con rótulos identificativos con el nombre que haya facilitado el expositor en su ficha de inscripción. El artesano que desee mobiliario específico deberá comunicarlo una vez haya sido seleccionado. El número de casetas será de 32 casetas. Esta feria estará dotada con un servicio de mantenimiento/vigilancia durante las 24 horas. 

El precio de las casetas será de:

  • 2000 euros (más IVA).- Caseta interior. 
  • 2150 euros (más IVA).- Caseta de esquina. 

Criterios de Selección

Las casetas serán asignadas siguiendo los siguientes criterios de adjudicación y selección:

  • Estar en posesión del DCA en vigor si es de la Comunidad Valenciana o carnet de artesano acreditativo si es de otra Comunidad Autónoma.
  • Originalidad y tradición del producto artesano.
  • Realización de taller
  • Fecha de recepción de documentación completa

Inscripción

La fecha límite de inscripción y de reserva de plaza será el día 19 de junio. Se deberá acompañar justificante de pago de la cantidad de 500 € en concepto de reserva (cantidad que se devolverá en caso de no ser seleccionado). Una vez seleccionado, el artesano deberá realizar el pago de una fianza de 200 €, cantidad que se devolverá una vez finalice la feria, siempre y cuando se hayan cumplido las normas.

Las solicitudes de inscripción se encuentran disponibles en la página web de la Cámara Oficial de Comercio, Industria, Servicios y Navegación de Alicante

https://www.camaralicante.com/comercio/feria-de-artesania-de-el-campello/

 

Esperamos que la presente información haya sido de su interés, y recuerden que para ampliar información sobre lo anterior también pueden ponerse en contacto con nosotros, su Asesoría en Alicante.

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info@aflconsulting.es

NUEVA LEY DE TURISMO, OCIO Y HOSPITALIDAD DE LA COMUNIDAD VALENCIANA

En el DOGV de hoy, 8 de junio de 2018, se ha publicado la LEY 15/2018, 7 de junio, de la Generalitat, de turismo, ocio y hospitalidad de la Comunitat Valenciana, aprobada el mes pasado y que sustituye a la anterior Ley de Turismo de 1998.

Su ámbito de aplicación, dentro de la Comunidad Valenciana, integra a las empresas turísticas y a sus establecimientos, a quienes presten servicios turísticos o afines, a las personas usuarias de servicios turísticos, a la sociedad receptora, a los recursos y actividades que integran el sector turístico y a las administraciones y entidades públicas que desarrollen su actividad.

La Ley establece como compromisos los de sostenibilidad, hospitalidad, seguridad y garantía, vertebración territorial, competitividad del sector turístico, calidad en la prestación de servicios, agilidad, transparencia, participación y corresponsabilidad, respeto entre los derechos de turistas y vecinos, turismo accesible e inclusivo, e igualdad. Destaca la mención constante al término “ética” de turismo que incorpora la norma.

Como principales novedades de esta nueva regulación destacan:

  • Se eleva la cuantía de las sanciones económicas hasta los 600.000 euros.
  • Se crean, como órganos de coordinación de la acción turística, el Consejo Valenciano del Turismo, la Comisión Interdepartamental de Turismo y el Comité de Ética del Turismo. El organismo público para la gestión de la política turística se denomina «Turisme Comunitat Valenciana».
  • Su artículo 34 contempla la marca «Comunitat Valenciana».
  • Prevé la redacción del Plan Estratégico del Turismo de la Comunidad Valenciana y de un Estatuto del Municipio Turístico regulador de su régimen jurídico.
  • El nuevo texto incorpora, como principio general, el libre acceso a la actividad turística por los operadores legalmente establecidos en otras comunidades autónomas o en otros estados miembros de la Unión Europea.
  • Regula las viviendas de uso turístico.

Es de destacar su Capitulo II Título II de su Libro I, donde informa de los Derechos y Obligaciones tanto de personas usuarias de los servicios turísticos como de las empresas turísticas (arts. 16 a 20), estableciéndose el cuadro de infracciones y sanciones en sus preceptos del 91 a 96.

Pueden acceder al documento completo en el siguiente enlace:

http://www.dogv.gva.es/datos/2018/06/08/pdf/2018_5692.pdf

 

Esperamos que la presente información haya sido de su interés, y recuerden que, para ampliar información sobre lo anterior también pueden ponerse en contacto con nosotros, su Asesoría en Alicante

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