AYUDAS PARA FINANCIAR COSTES DE SEGURIDAD SOCIAL DE LOS AUTÓNOMOS

En el D.O.G.V. de fecha 26 de septiembre de 2017 se ha publicado el Extracto de la Resolución por la que se convocan ayudas destinadas a financiar los costes fijos de inclusión en el Régimen Especial de Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos de la Seguridad Social dentro del Programa de fomento del trabajo autónomo en la Comunitat Valenciana, para el ejercicio 2017.

A continuación indicamos los puntos más importantes de dicho extracto:

Personas beneficiarias.

Trabajadores por cuenta propia o autónomos que reúnan los siguientes requisitos:

a) Estar dados de alta en el Régimen de Autónomos de la Seguridad Social.

b) Cumplir dentro del año natural de la convocatoria (2017) un período de cotización mínimo de tres años y máximo de cinco años ininterrumpidos.

c) Desarrollar su actividad económica a título lucrativo, de forma habitual, personal y directa en la Comunitat Valenciana.

d) No tener personas trabajadoras a su cargo contratadas por cuenta ajena.

e) Tener cumplidos 19 años de edad.

No podrán obtener la condición de personas beneficiarias las solicitantes en las que concurra alguna de las circunstancias previstas en el artículo 20 de las citadas bases.

Cuantía.

La cuantía de la subvención será como máximo la suma de las cuotas mensuales que la persona beneficiaria debería abonar al RETA durante el año natural en que se conceda aquella, en el importe correspondiente a la base mínima de cotización como autónoma en atención a su edad, limitada al período en el que se cumpla el requisito de antigüedad. En dicha cuantía no se incluirá la cantidad correspondiente a la protección por incapacidad temporal, protección por cese de actividad y por contingencias por accidente de trabajo y enfermedad profesional, y en ningún caso podrá ser igual o superior a 3.000,00 euros anuales.

La subvención se destinará a la financiación de los gastos fijos de inclusión en el Régimen Especial de Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos de la Seguridad Social.

Plazo de presentación de solicitudes.

Diez días hábiles, iniciándose su cómputo el día siguiente al de la publicación del extracto en el D.O.G.V.

Esperamos que la presente información haya sido de su interés, y recuerden que, para ampliar información sobre lo anterior puede ponerse en contacto con nosotros, su Asesoría en Alicante.

 

AFL Consulting Services

Telf. 966 308 630

info@aflconsulting.es

 

 

 

Plazo para el cambio de Mutua o coberturas de los Autónomos

El próximo 30 de septiembre finaliza el plazo para que los trabajadores autónomos puedan ampliar la cobertura de las contingencias derivadas del Accidente de Trabajo y la Enfermedad Profesional, así como el Cese de Actividad. También podrán solicitar el cambio de Mutua o  cambiar de cobertura del INSS a una Mutua.

Dichos cambios surtirán efectos a partir del día 1 de enero de 2018.

En cuanto al cambio de bases de cotización el plazo se extiende hasta el 1 de noviembre, con efectos a 1 de enero del año siguiente. Dicho cambio también se podrá realizar antes del 1 de mayo de cada año surtiendo efectos, en este caso, el 1 de julio de dicho año.

Si está interesado en modificar la citada base (hasta el 31 de octubre) o cambiar de Mutua o coberturas (hasta el 30 de septiembre), háganlo saber a su Asesoría con antelación para que podamos gestionarle los trámites para el cambio.

Esperamos que la presente información haya sido de su interés, y recuerden que, para ampliar información sobre lo anterior puede ponerse en contacto con nosotros, su Asesoría en Alicante.

 

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